Consideraciones generales

AutorFrancisco Lled? Yag?e - ?scar Monje Balmaseda - Ana Isabel Herr?n Ortiz - Ainhoa Guti?rrez Barrenengoa - Andr?s Urrutia Badiola
Páginas35-35

Page 35

El Código civil hace una primera sistematización de los testamentos que regula en el art. 676,

El testamento puede ser común o especial .

El común puede ser ológrafo, abierto o cerrado.

El art. 677 C.c. por su parte, establece que,

Se considerarán testamentos especiales el militar, el marítimo y el hecho en país extranjero.

A lo largo de este capítulo nos ocuparemos de cada una de estas formas testamentarias.

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