Algunas consideraciones sobre el contrato de vientres de alquiler a la vista de la legislación española sobre adopción
Autor | José Eugenio Azpiroz Villar |
Páginas | 187-198 |
187
Keywords:
Consent. Adoption
neonatos. Contracts
of surrogate mother.
Contractual nullity.
Human dinity.
Palabras clave:
Consentimiento.
Adopción neonatos.
Vientres de alquiler.
Nulidad contractual.
Dignidad humana.
Recibido: 02/04/2018
Aceptado: 11/09/2018
ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL
CONTRATO DE VIENTRES DE ALQUILER A LA
VISTA DE LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA SOBRE
ADOPCIÓN
SOME CONSIDERATIONS ABOUT THE CONTRACT OF SURROGATE
MOTHER IN VIEW OF THE SPNANISH LEGISLATION ON ADOPTION
JOSÉ EUGENIO AZPIROZ VILLAR
Abogado
Doctor en Derecho
Profesor Filosofía del Derecho IEB
Plaza Ignacio Mercader nº 2-5º A
20.010-San Sebastián
Teléfono 660520537; eugenio.azpiroz@gmail.com
RESUMEN:
El derecho español, artículo 177 del Código Civil, y el Convenio Europeo de adopción de menores
requieren para la validez del consentimiento de la madre el transcurso, tras el parto, de seis semanas, en
garantía de su libertad, consciencia y adecuada información. En contraste en los contratos de vientres de
alquiler la mujer contratada en la gestación debe dar su consentimiento irrevocable de entrega del niño al
nacer, ex ante del proceso, desprotegiéndola: impidiendo la revocación de su (aparente) voluntad inicial al
concluir la gestación y conocer a su hijo ya nacido.
Además de la ilicitud del objeto de este contrato, pese a la existencia de derecho que lo positivice, debe
considerarse el consentimiento prestado nulo de pleno derecho.
ABSTRACT:
Spanish law, article 177 of the Civil Code, and the European Convention on the minors’ adoption requi-
re for the validity of the mother´s consent, the passing of six weeks after the birth, as a guarantee of her
freedom, consciousness and adequate information. In contrast, in the agreements of surrogate mother, the
woman contracted for the pregnancy must give her irrevocable consent to give the child at birth, ex ante
the process, leaving her unprotected: preventing the revocation of her (apparent) initial choice at the end
of the pregnancy and knowing her child already born.
In addition to the illegality of the object of this contract, despite the existence of a law that makes it
positive, the consent given must be considered null and void.
Cuadernos de Bioética. 2019; 30(99): 187-198
DOI: 10.30444/CB.32
Copyright Cuadernos de Bioética
ISSN: 1132-1989
e-ISSN: 2386-3773
Revista cuatrimestral de investigación. Nº 99. Vol. XXX, 2ª 2019
ASPECTOS METODOLÓGICOS EN BIOÉTICA
Este trabajo se publica bajo una licencia de
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