DECRETO 65/2011, de 27 de mayo, del Consell, por el que se regula el Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Junio de 2011
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Decreto 130/1996, de 4 de julio, del Consell, creó el Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat como órgano colegiado con competencia en materia de protección de menores en el ámbito de la Comunitat Valenciana, regulando su composición y funciones. Posteriormente, mediante el Decreto 127/1998, de 1 de septiembre, el Consell modificó su composición y funciones para adecuarlas a la normativa orgánica y competencial vigente en aquel momento.

Desde entonces se han producido importantes reformas legislativas en materia de protección de menores, tanto en el ámbito estatal, mediante la entrada en vigor de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional, como en el autonómico, con la promulgación de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana, y la aprobación del Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunitat Valenciana, por el Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Consell, parcialmente modificado por el Decreto 28/2009, de 20 de febrero.

Mediante el presente decreto se pretende regular el Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat para adaptar sus funciones a los textos legales antes citados, incorporando, además, normas propias de funcionamiento que no estaban previstas en la regulación anterior, y modificando su composición para incorporar a aquellos profesionales que participan de la toma de decisiones a lo largo de la tramitación de los expedientes de protección de los menores y de las familias solicitantes de adopción, manteniendo en la composición del Consejo de Adopción de Menores la representación de la sociedad valenciana.

Por todo lo cual, a propuesta de la consellera de Bienestar Social y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 27 de mayo de 2011,

DECRETO

Artículo 1 Naturaleza del Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat

El Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat es un órgano colegiado, dependiente jerárquicamente de la Dirección General competente en materia de protección de menores, al que se atribuyen funciones en materia de protección de menores en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Funciones
  1. El Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat tiene las siguientes funciones:

    1. Declarar la idoneidad o no idoneidad para el ejercicio de la patria potestad en la filiación adoptiva de los solicitantes de adopción nacional o internacional.

    2. Revocar la idoneidad vigente cuando haya variado sustancialmente alguna circunstancia que pueda ser determinante para dicha declaración.

    3. Acordar los acogimientos preadoptivos de los menores tutelados por la Generalitat con aquellos solicitantes de adopción nacional declarados idóneos que se consideren más adecuados, en función de las características de los menores y del interés superior de los mismos.

    4. Acordar la elevación de las propuestas de adopción de menores tutelados por la Generalitat ante el órgano judicial...

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