El consejo de ministros aprueba por vía urgente el Real Decreto-Ley que regula el teletrabajo

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El Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde al Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia en aquellos puestos de trabajo cuya actividad pueda desarrollarse telemáticamente. El texto, que ha sido negociado por el ejecutivo, sindicatos y la patronal, pone sobre la mesa un teletrabajo voluntario, reversible y negociable entre los representantes de los trabajadores y la empresa.

La pandemia de la Covid-19 ha puesto de manifiesto la necesidad de regular una práctica que multitud de empresas lleva desarrollando con tal de seguir su actividad diaria y proteger la salud del conjunto de los trabajadores. El objetivo de la ley es garantizar los derechos y deberes de todos los trabajadores, independiente de que trabajen a distancia o no en aspectos como las condiciones como la retribución, la estabilidad en el empleo, el tiempo de trabajo, la formación y la promoción profesional.

Según el texto aprobado por el Consejo de Ministros, se considerará que se está realizando teletrabajo cuando se desarrolle en casa más del 30% de la jornada laboral durante al menos tres meses y la obligación de la empresa a abonar los gastos en los que pueda incurrir la persona trabajadora. Ambas partes tendrán que firmar un acuerdo de trabajo a distancia que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras. La ley, además, contempla los gastos que genere el trabajo a distancia, y especifica que la empresa tendrá que“dotar de las herramientas, medios, equipo y materiales fungibles” al trabajador y el resto de gastos se deberán tratar en la negociación colectiva.

El teletrabajo será voluntario, tanto para la persona trabajadora como para la empresa, por tanto ninguna de las dos partes la podrá imponer y quedará condicionada al acuerdo firmado por ambos. Aquellas empresas que ya contaban con una normativa de teletrabajo regulada fruto del acuerdo colectivo, tendrán un año para adaptarse a la nueva normativa. Para el resto habrá un plazo de hasta tres años para adaptarse a los cambios.

Consulta aquí el Dosier Legislativo sobre el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia

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