El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia

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El Consejo de Ministros, impulsado por el Ministerio de Justicia, ha aprobado el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia. Enmarcado dentro de la Estrategia Justicia 2030 y conectado con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Plan de la Unión Europea Next Generation, su objetivo principal es dar respuesta a las consecuencias de la Covid-19. Según el ministro de justicia, se trata de “un nuevo instrumento para avanzar en Sistema Público de Justicia, pensando en el ciudadano y poniéndolo en centro de toda la gestión”.

El anteproyecto de ley se divide en tres ejes principales: los medios adecuados de solución de controversias (MASC), la reforma de las leyes procesales y Reformas procesales para la transformación digital.

Medios adecuados de solución de controversias (MASC)

El primero de todos, los medios adecuados de solución de controversias (MASC) pretende dar respuesta a la ralentización de los juzgados y el aumento de la litigiosidad. El objetivo de los MASC es recuperar la capacidad negociadora de las partes e introducir mecanismos que eviten la confrontación y crispación. En palabras del ministro de justicia, las diferencias entre los ciudadanos no se “tienen que resolver necesariamente acudiendo a un tribunal de Justicia”. Para ello, se potenciarán todas las formas de mediación y otros mecanismos “de acreditada experiencia en el derecho comparado”.

El anteproyecto contempla la regulación de los MASC en asuntos civiles y mercantiles, sin perjuicio de que en el futuro puedan extenderse a otros ámbitos. El amplio catálogo de MASC que podrán utilizar las partes incluyen la actividad negocial, la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial, la opinión del experto independiente, la mediación, así como cualesquiera otros procedimientos previstos en la legislación especial (particularmente en materia de consumo). Para potenciar el uso de los MASC, el anteproyecto de ley contempla la obligación de acompañar a la demanda el documento que acredite haberse intentado la actividad negocial previa a la vía judicial.

Otra de las novedades incluídas en el uso de los MASC es que la validez que tendrá el acuerdo alcanzado a través de estos mecanismos será exactamente el mismo que si fuera resuelto por un juez. El acuerdo alcanzado tendrá el valor de cosa juzgada para las partes y no se podrá presentar demanda con igual objeto. Para que tenga valor de título ejecutivo, el acuerdo habrá de ser elevado a escritura pública o bien homologado judicialmente cuando proceda.

Según el ministro, “estas medidas suponen que si se logra que uno de cada cuatro procedimientos civiles termine en un acuerdo entre las partes, el sistema judicial se descargará más de medio millón de procedimientos”. Esto conlleva, ha señalado Campo, además, “una recanalización de recursos por valor de unos 380 millones de euros al año”, que, revertirán en una mejora sustancial del tratamiento de aquellos asuntos que sí lo necesitan.

La reforma de las leyes procesales

El segundo de los ejes del anteproyecto de ley es la reforma de leyes procesales que afectará a todos los órdenes jurisdiccionales. Con ello se garantizan los altos estándares de calidad, se optimizan los recursos existentes, se agilizan los procesos de forma eficiente y eficaz, y se refuerza la seguridad jurídica.

Entre otras medidas, se van a potenciar las sentencias orales en determinados procedimientos como medida que puede usar el juez, de manera voluntaria, en atención a las circunstancias concretas del proceso; se amplía el ámbito del juicio verbal, más rápido y ágil que el juicio ordinario y en el cual se introducirán nuevos procedimientos; se introduce el procedimiento testigo y la extensión de efectos para una gestión ágil y eficaz de la litigación en masa en materia de condiciones generales de la contratación, regulándose unos requisitos muy medidos que habrán de concurrir para la posible utilización de ambas técnicas y, por último, se modifica el recurso de casación civil, dándole después de 20 años desde la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil el tratamiento de recurso extraordinario.

Reformas procesales para la transformación digital

El último de los ejes clave del anteproyecto de ley tratará sobre la transformación digital en el ámbito procesal. Con ello se busca evitar desplazamientos a las sedes judiciales, reducir los costes económicos, ambientales y territoriales y agilizar la tramitación de los asuntos.

El Ministro de Justicia ha destacado “la regulación de los sistemas de identificación y autenticación para adaptar nuestra legislación a la europea”. Ha añadido, además, que se “generaliza la celebración de vistas y declaraciones por videoconferencia”. Del mismo modo, se impulsará un “Registro electrónico de apoderamientos apud acta, que permitirá el otorgamiento telemático.

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