ORDEN FORAL 165/2004, de 24 de junio, del Consejero de Educación, por la que se convocan Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 2004/2005.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 165/2004, de 24 de junio, del Consejero de Educación, por la que se convocan Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 2004/2005.
El Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración presenta informe proponiendo la aprobación de una convocatoria de Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso escolar 2004/2005, cuyo objeto es, por lo que respecta a las becas, ayudar a sufragar los gastos originados por seguir enseñanzas de cualquier nivel o grado en Centros de Educación Especial, Aulas Alternativas a Centros de Educación Especial en zona rural, Aulas de Transición a Centros de Educación Especial y Centros de Integración Preferente para alumnos con discapacidad motórica o auditiva (prescritos por los equipos del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra) y, en lo que se refiere a las ayudas para la atención, fuera del Centro Escolar, de necesidades educativas especiales asociadas a condiciones de discapacidad, trastorno específico o retraso grave de lenguaje que precise atención de logopedia, trastorno específico de lectura que suponga un retraso curricular de dos o más cursos en el área de lenguaje, enfermedad que conlleve absentismo prolongado u hospitalización o sobredotación intelectual que no puedan ser atendidas en el propio Centro, ayudar a sufragar los gastos originados por los apoyos educativos especializados recibidos fuera del Centro escolar a alumnos de niveles de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria.
En consecuencia y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 36.2 apartados c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:1.º Aprobar la convocatoria de Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 2004/2005, de acuerdo con las bases que figuran en el Anexo.
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Autorizar que la resolución de la presente convocatoria se haga por la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales y que el pago de las Becas y Ayudas concedidas, por un valor máximo de 50.000 euros, se haga con cargo a la Partida Presupuestaria 423001-41610-4809-422500, denominada "Becas y ayudas a la Educación Especial" del Presupuesto de Gastos de 2004. Dicha cantidad podrá incrementarse caso de aumentar la dotación presupuestaria de la partida.
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Publicar la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
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Trasladar la presente Orden Foral a la Dirección Generalde Enseñanzas Escolares y Profesionales, al Señor Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, al Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, a la Sección de Necesidades Educativas Específicas, al Negociado de Gestión Económica, a la Unidad Técnica de Educación Especial, a la Unidad Técnica de Orientación Escolar, al Negociado de Asesoramiento de Alumnos y Padres de Alumnos, al Negociado de Información y Documentación, al Negociado de Becas y al Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 24 de junio de 2004._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.
A N E X O
Bases
Primera._Tipos de Becas y Ayudas que se convocan.
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Las Becas de Educación Especial contempladas en la presente convocatoria tienen por objeto ayudar a los solicitantes que lo precisen a sufragar el gasto originado por seguir estudios de cualquier nivel o grado en Centros de Educación Especial, Aulas Alternativas a Centros de Educación Especial en zona rural, Aulas de Transición a Centros de Educación Especial y Centros de Integración Preferente para alumnos con discapacidad motórica o auditiva (prescritos por los equipos del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra [CREENA]) durante el curso escolar 2004/2005.
Los conceptos por los que pueden solicitarse estas Becas son:
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Comedor.
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Transporte.
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Residencia.
Siempre que estos servicios no estén totalmente subvencionados por alguna Entidad u Organismo público o privado.
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Las Ayudas de Educación Especial contempladas en la presente convocatoria tienen por objeto ayudar a los solicitantes que lo precisen a sufragar el gasto originado durante el curso escolar 2004/2005 por la atención, fuera del Centro escolar, de necesidades educativas especiales asociadas bien a una discapacidad psíquica, física, sensorial o motora significativa o a trastornos graves de conducta, de los que resulte la necesidad de recibir educación especial, bien a una sobredotación intelectual que precise actividades complementarias a la formación reglada, a alumnos escolarizados en los niveles de Educación Infantil, Primaria y E.S.O. Así mismo, se podrá considerar beneficiario de estas ayudas el alumnado con necesidades educativas derivadas de:
_Trastorno específico o retraso grave de lenguaje que precise atención de logopedia.
_Trastorno específico de lectura que suponga un retraso curricular de dos o más cursos en el área de lenguaje. _Enfermedad que conlleve absentismo prolongado u hospitalización.
En todos los casos se precisa justificación mediante el informe psicopedagógico, y en su caso médico, correspondiente.
Quedan excluidas todas aquellas problemáticas susceptibles deser tratadas desde adaptaciones curriculares en el propio centro escolar con los recursos personales ordinarios y extraordinarios con los que cuentan los centros escolares para la atención a la diversidad, y expresamente:
_Las ayudas para los aprendizajes de las técnicas instrumentales en el primer...
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