Orden de 6 de febrero de 1989 por la que se dispone la publicación de la resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y para la Administración Pública por la que se aprueba el modelo de relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y se dictan normas para su elaboración

AutorTomás Montero Hernanz
Páginas499-499

Page 499

(BOE de 7 de febrero)

Establecido conjuntamente por las Secretarias de Estado de Hacienda y para la Administración Pública el modelo de relación de puestos de trabajo así como los criterios generales y normas para su elaboración, a que se refiere la disposición final segunda de la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 2 de diciembre de 1988, por este ministerio, mediante la presente orden, se dispone ordenar la publicación de la resolución conjunta, que se transcribe en anexo a continuación.

Madrid, 6 de febrero de 1989.

RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO DE HACIENDA Y PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO DE RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO Y SE DICTAN NORMAS PARA SU ELABORACIÓN

9. Adscripción a cuerpos o escalas (cuerpo)

9.1 El criterio general conforme a la ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función publica, es el de no adscripción de puestos de trabajo a cuerpos o escalas determinados.

9.2 Como excepciones a este criterio general podrán adscribirse puestos a uno o varios cuerpos o escalas, en los siguientes casos:

  1. puestos que tengan atribuido el ejercicio de facultades, funciones o atribuciones propias de los órganos administrativos, con incidencia directa en los administrados.

  2. puestos en que se realicen funciones que requieren, en virtud de norma de rango legal o reglamentario, la pertenencia a un determinado cuerpo o escala.

9.3 En cualquier caso, la adscripción con carácter exclusivo de puestos de trabajo a un determinado cuerpo o escala deberá ser aprobada por el gobierno a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, previos informes de las comisiones interministeriales de retribuciones y superior de personal.

9.4 Para la consignación de los cuerpos o escalas que procedan se emplearan en la columna las claves numéricas relacionadas en el anexo IV...

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