PROCEDIMIENTOS PARA LA SUPERVISION POR EL ESTADO RECTOR DEL PUERTO. RESOLUCION A.787(19), ADOPTADA EL 23 DE NOVIEMBRE DE 1995, por la conferencia de los gobiernos contratantes del convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974.

MarginalBOE-A-1998-11901
SecciónI - Disposiciones Generales

ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL

Asamblea, 19.o período de sesiones, punto 12

del orden del día

Resolución A.787(19), aprobada el 23 de noviembre de 1995

PROCEDIMIENTOS PARA LA SUPERVISIÓN

POR EL ESTADO RECTOR DEL PUERTO

La Asamblea,

Recordando el artículo 15.j) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones de la Asamblea por lo que respecta a las reglas y directrices relativas a la seguridad marítima y a la prevención y contención de la contaminación del mar ocasionada por los buques;

Recordando también el Código de formación, titulación y guardia para la gente de mar y las enmiendas al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, aprobados en julio de 1995 por la Conferencia sobre el Convenio de Formación;

Recordando asimismo que en noviembre de 1983 aprobó, mediante la Resolución A.446(XI), las especificaciones revisadas, relativas al proyecto, la utilización y el control de los...

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