Concursos

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez - María Angélica Moreno Cabello
Páginas101-103
101
Capítulo 16
Concursos
Al establecer el artículo 227 del Código Penal que el que dejare de
pagar, «cualquier tipo de prestación económica a favor de su cónyuge o sus hi-
jos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial», se
está reriendo al impago de la prestación compensatoria y de alimentos.
En estos supuestos se puede entender que existen dos delitos en concurso
ideal191 en cada supuesto contemplado y se castiga conforme a las reglas de
concurso ideal, cuya regulación se contempla en el artículo 77 del Código
Penal.
Si el impago de la prestación de alimentos se prolonga por períodos
mayores a los previstos en la ley, la jurisprudencia no admite la pluralidad
delictiva sino el delito continuado. Señala LAURENZO COPELLO192, que
cada vez que se completa uno de los períodos establecidos en el tipo, se ha-
bría realizado íntegramente el delito, de tal modo que, de persistir omisiones
durante plazos más prolongados, habría un concurso real de delitos193. Para la
191 Vid. BERNAL DEL CASTILLO, Jesús, «El delito de impago de pensiones», op, cit.,
pág. 55. Nos encontramos más bien ante una modalidad de concurso de delitos que
normalmente deberá ser considerado como un concurso ideal, en cuanto que la acción
del sujeto que se coloca así mismo en situación de insolvencia, se lleva a cabo como
medio para cometer otro delito distinto.
192 Vid. LAURENZO COPELLO, Patricia, «Los delitos de abandono de familia e impago
de pensiones», op. cit., pág. 102 y ss.
193 Vid. SANZ MORÁN, Carmen, «Algunas consideraciones relativas al delito de impa-
go de pensiones», op. cit., pág. 1646. Cada vez que se completa uno de los períodos
establecidos en el tipo, se habría realizado íntegramente el delito, de modo que, de
persistir las omisiones durante plazo más prolongados, habría un concurso real de
delitos.

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