Conclusiones
Autor | Montoya Alcocer, Gonzalo Damián |
Páginas | 247-255 |
CONCLUSIONES
PRIMERA. La simplificación de trámites en la constitución societaria constitu-
ye un tema de gran interés e importancia para la investigación jurídica por una par-
te, y para la práctica empresarial y de la abogacía en relación con el ámbito mercantil
por otra, puesto que está presente directamente en el día a día del tráfico comercial
y resulta de gran utilidad para la generalidad de los profesionales implicados en el
proceso constitutivo de la empresa, por lo que respecta al otorgamiento de mayores
facilidades para la creación de sociedades. La simplificación y flexibilización de la
regulación societaria debe abonar el terreno para facilitar la labor de los empresa-
rios, para promocionar su actividad como motor económico y fuente de riqueza,
y aunque es en las épocas de crisis cuando más se avanza en esta vía, esta debe
atenderse también en épocas de bonanza, salvando los escollos que puedan surgir,
como ocurre con la oposición por parte de ciertos operadores jurídicos como los
notarios y registradores mercantiles, entre los que existe cierto recelo a perder su
papel e ingresos en esta tramitación, si se alcanzara su máxima simplificación. La
vía simplificadora debe abrirse camino por lo positivo que tiene para la economía y
para el servicio a la ciudadanía, por lo que resulta necesario salvar los escollos que
se le plantean, si es preciso, con una cierta compensación a los operadores jurídicos
que se puedan ver perjudicados por ella mediante otros medios, existiendo la posi-
bilidad de hacerles más partícipes y beneficiarios de la tramitación telemática, con
la incorporación de sedes electrónicas para notarías y registros mercantiles.
SEGUNDA. Los tipos societarios capitalistas, a saber, la SA, la SRL y la SCA,
han surgido a lo largo de la historia del Derecho Mercantil como reacción a las ne-
cesidades manifiestas de los empresarios, constituyendo habitualmente una cons-
tante simplificación y flexibilización de la regulación existente previamente con la
mirada puesta en el juego de la autonomía de la voluntad de los operadores mercan-
tiles y en la adaptación de la regulación a las concretas necesidades de la actividad
comercial. El desarrollo histórico de los tipos societarios capitalistas ha confluido
en la actual LSC y la suma de este devenir legislativo ha presentado frecuentemente
la intención del legislador de facilitar la actividad del empresario, simplificándola y
otorgándole un marco jurídico que sale al encuentro de sus necesidades comercia-
les.
TERCERA. La tramitación telemática permite la flexibilización y la simplifica-
ción en la tramitación, pues mediante la posibilidad de realizar trámites por vía in-
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