Conclusiones

AutorElena B. Fernández Castejón
Cargo del AutorProfesora de Derecho penal en la Universidad Miguel Hernández e investigadora del Centro Crímina para el estudio y prevención de la delincuencia, de la misma Universidad
Páginas297-308
297
Conclusiones
Los sujetos que desarrollan su actividad en una organización
empresarial e incluso la empresa misma, se han convertido en los úl-
timos años en protagonistas prácticamente absolutos del Derecho pe-
nal, precisamente porque la propia empresa es actualmente un impor-
tante foco de la comisión de delitos. En este sentido, la dicultad para
el levantamiento del velo corporativo como laguna de punibilidad en
nuestro sistema jurídico ha provocado que sean diversas las alternati-
vas que se han dado desde el Ordenamiento para dar respuesta a este
problema. Las respuestas que se han dado desde los distintos sistemas
penales, pueden ser clasicadas en dos grandes categorías: por un lado,
aquellos modelos de respuesta jurídico-penal basados en el principio
societas delinquere non potest, y por otro, la respuesta jurídico-penal ba-
sada en el principio societas delinquere potest.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas se puede
construir desde diferentes bases dogmáticas, pero sean estas cuales
sean, uno de sus apoyos político-criminales esenciales consiste en la
asunción de que su implantación tendrá cierto efecto disuasorio en la
comisión de delitos en las organizaciones mismas (y, por ende, en los
sujetos que actúan en ellas) ayudando a instaurar políticas de vigilan-
cia de las conductas de sus agentes y de cumplimiento de las normas
en su seno. Esta cultura del cumplimiento, no es suciente para con-
seguir la nalidad de que no se cometan delitos en la empresa.
El sometimiento de los agentes individuales de la empresa a la
amenaza de sanciones penales sigue proporcionando importantes in-

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