Conclusión Final

AutorJaume Alonso-Cuevillas i Sayrol
Páginas183-188

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En los dos primeros capítulos del presente trabajo hemos podido comprobar cómo la preocupación europea por el funcionamiento de los sistemas judiciales nacionales, inicialmente más atenta a la salvaguarda de los derechos fundamentales subjetivos, ha ido desplazando su centro de gravedad hacia una perspectiva de índole netamente económica. Preocupa ya no sólo que la justicia sea eficaz garante de los derechos subjetivos, sino, especialmente, que presente determinados niveles de eficiencia y transparencia que hoy se consideran factor clave para el crecimiento y la recuperación económica.

A medida que el interés por el funcionamiento de los sistemas judiciales se ha ido posicionando como tema de atención prioritaria en la agenda política europea, han ido también creciendo los esfuerzos de la Unión Europea para poder diagnosticar la situación con mayor conocimiento de causa. Especialmente relevantes son los avances producidos en los dos últimos años, ya que los más importantes estudios, como son los elaborados por la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ) por encargo de la Comisión Europea analizando con detalle el funcionamiento de los sistemas judiciales de los países de la Unión Europea, los Cuadros de Indicadores de la Justicia publicados por la propia Comisión Europea, o el importante estudio demoscópico realizado mediante el Eurobarómetro relativo a la Justicia en la UE, son documentos publicados durante los últimos años, y, más concretamente, entre 2013 y el presente 2015.

Nos hallamos pues ante una materia en plena eclosión, de la que hasta la fecha han sido muy escasos los estudios publicados. A la falta de datos comparativos hasta fechas muy recientes, cabe aún añadir las deficiencias de los sistemas estadísticos nacionales y la dificultad intrínseca que supone comparar sistemas

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judiciales tan heterogéneos entre sí, habida cuenta de la tan diferente organización de cada sistema judicial nacional.

Las deficiencias estadísticas son particularmente acusadas en el caso español, agravadas aún por la distorsionadora situación de que las competencias en materia de justicia se reparten desigualmente entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y las doce Comunidades Autónomas con competencias transferidas.

Por lo que respecta a las dificultades comparativas, piénsese, a modo de ejemplo, que las partidas incluidas en el presupuesto público del sistema judicial pueden variar de un país a otro en la inclusión o no de partidas económicamente tan relevantes como el sistema penitenciario, el presupuesto destinado al funcionamiento de la Corte Constitucional o los servicios médico forenses, por citar sólo algunos ejemplos. A mayor abundamiento, tampoco es, ni mucho menos, homogénea la organización en diferentes órdenes jurisdiccionales (civil, mercantil, administrativo, laboral...

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