STSJ Cataluña , 11 de Octubre de 2001

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2001:12160
Número de Recurso823/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 823/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 823/1997 SENTENCIA n° 940 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler Dª Mª Pilar Martín Coscolla D. Manuel Táboas Bentanachs Barcelona, a once de octubre del año dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo sobre medio ambiente, seguido entre partes: como parte demandante, Dª. Antonieta , COMO PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA C/ DIRECCION000 NUM000 - NUM000 , DE SANT PERE DE RIBES, representada y defendida por Letrado/a D. CARLOS BARBA MUÑOZ; como parte demandada, el Ayuntamiento DE SANT PERE DE RIBES, representada y defendida por Letrado/a D. JORGE ENRIQUE RIBAS FERRE; y como parte codemandada, D. Ángel Jesús , representada y defendida por Letrado/a D. ORIOL MIRET CORRETGE.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Acuerdo del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes de fecha 27-1-1997 por el que se concedió a D. Ángel Jesús licencia para la actividad de bar-restaurante en el local bajos del n° NUM000 - NUM001 de la c/ DIRECCION000 .

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

    3- Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora. En similares términos evacuó el trámite de contestación la codemandada.

  3. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

    Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 32001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se anule el Acuerdo del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes de fecha 27-1-1997 por el que se concedió a D. Ángel Jesús licencia para la actividad de bar-restaurante en el local bajos del n° NUM000 - NUM001 de la c/ DIRECCION000 , así como la licencia de actividades concedida.

SEGUNDO

En cuanto a la falta de legitimación activa aducida por la codemandada, se da aquí por reproducido y se asume el contenido del Fundamento de Derecho 2° de la sentencia 161 dictada el 29-6-1999 por el Juzgado de 1ª Instancia n° 1 de Vilanova i la Geltrú en autos de Juicio de Menor Cuantía 168/97 seguido entre la aquí demandante y el aquí codemandado: en base al mismo debe decaer aquella alegación de la codemandada.

TERCERO

La postura de la actora se resume en que la licencia de actividad impugnada es ilegal por infringir la distancia mínima de diez metros...

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