Concesión de licencia de obras para 238 viviendas en sistema general de áreas libres. Edificio Banana Beach. Marbella

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas29-32

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ASUNTO: Concesión de licencia de obras para 238 viviendas en sistema general de áreas libres. Edificio Banana Beach. Marbella

SENTENCIAS: STSJ de Andalucía de 15 de abril de 2004 y Auto del Tribunal Supremo de 30 de noviembre de 2006

RECURRENTE: Junta de Andalucía

Un estudio de las casos de ilegalidades urbanísticas de la última década no podía omitir una referencia a Marbella, prototipo de hasta donde puede llegar la ilegalidad mediante una alteración completa de las normas de gobierno municipal que no se ha sabido cortar a tiempo hasta que no ha intervenido la justicia penal con la conocida operación malaya. El estudio más detenido de todo lo ocurrido en el ayuntamiento de marbella en estos últimos años corresponde al ámbito penal, policial o al periodístico, excediendo del derecho administrativo que no prevé una situación de corrupción tan amplia y generalizada al margen de la disolución de la corporación regulada en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, tal y como se llevó a cabo tras conocerse la gravedad de la situación con la detención de los principales implicados, y toda la repercusión que tuvo en los medios de comunicación, principalmente en la prensa rosa, por las características de algunos de los implicados1.

Existen una serie de construcciones que se han convertido en hitos de la ilegalidad urbanística, como son el hotel Algarrobico, el plan parcial del Alto del Cuco, el hotel Papagayo Arena y entre ellos están también los apartamentos Banana Beach, que son un claro ejemplo de lo ocurrido en Marbella en estos años y es una carga que deben soportar los adquirentes de estas viviendas, todos ellos de buena fe ya que el edificio disponía de la correspondiente licencia de obras, e incluso le dieron a su finalización la licencia de primera ocupación justo un mes antes de que se dictase la sentencia que declaraba la ilegalidad de la licencia.

La lectura de la sentencia no deja lugar a dudas de que fue otorgada al margen de lo previsto en el planeamiento vigente, habiendo recaído también

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sanción penal por la concesión de esta licencia, condenando al alcalde y varios concejales por la comisión de un delito consumado contra la ordenación del territorio en su modalidad de prevaricación urbanística.

El terreno en que se construyó el edificio tenía la consideración en el PGOU vigente de sistema general de áreas libres n.º 16, pero en la revisión de este plan que había aprobado inicialmente el ayuntamiento lo consideró edificable2, y solo con esa aprobación provisional ya se concedió la licencia, sin esperar a nada más, entre otras razones por la posibilidad de que la Comunidad Autónoma no diera su conformidad al nuevo planeamiento.

Según expresa el Tribunal de Justicia «resulta totalmente desafortunada la conducta municipal respecto de una impugnación de...

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