Concepto jurídico-legal de víctima

AutorGorgonio Martínez Atienza
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Licenciado Criminología
Páginas13-14

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La Ley del Estatuto de la Víctima del Delito consagra un concepto amplio de víctima, al ser de aplicación con base en su artículo 2 tanto a la víctima directa como a la víctima indirecta, siempre que según el artículo 1 se trate de víctimas de delitos cometidos en España o que puedan ser perseguidos en España, con independencia de su nacionalidad, de si son mayores o menores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal.

  1. - Víctima directa: Toda persona física que haya sufrido un daño o perjuicio sobre su propia persona o patrimonio, en especial lesiones físicas o psíquicas, daños emocionales o perjuicios económicos directamente causados por la comisión de un delito.

  2. - Víctima indirecta: En los casos de muerte o desaparición de una persona que haya sido causada directamente por un delito, salvo que se tratare de los responsables de los hechos:

1 A su cónyuge no separado legalmente o de hecho y a los hijos de la víctima o del cónyuge no separado legalmente o de hecho que en el momento de la muerte o desaparición de la víctima convivieran con ellos; a la persona que hasta el momento de la muerte o desaparición hubiera estado unida a ella por una análoga relación de afectividad y a los hijos de ésta que en el momento de la muerte o desaparición de la víctima convivieran con ella; a sus progenitores y parientes en línea recta o colateral dentro del tercer grado que se encontraren bajo su guarda y a las personas sujetas a su tutela o curatela o que se encontraren bajo su acogimiento familiar.

2 En caso de no existir los anteriores familiares, a los demás parientes en línea recta y a sus hermanos, con preferencia, entre ellos, del que ostentara la representación legal de la víctima.

En consecuencia, el legislador no limita el concepto de víctima a la mera persona que padece directamente el perjuicio o la lesión, sino también a familiares directos que en los casos de muerte o desaparición pasan desgraciadamente a ostentar un papel fundamental asimilable a la víctima.

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