ORDEN FOM/735/2003, de 31 de marzo, por la que se modifica el titular de la autorización concedida por la Orden FOM/509/2002, de 22 de febrero, por la que se autoriza la construcción del Aeropuerto de Castellón, se declara de interés general del Estado y se determina el modo de gestión de sus servicios.

MarginalBOE-A-2003-6670
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/735/2003, de 31 de marzo, por la que se modifica el titular de la autorización concedida por la Orden FOM/509/2002, de 22 de febrero, por la que se autoriza la construcción del Aeropuerto de Castellón, se declara de interés general del Estado y se determina el modo de gestión de sus servicios.

Por Orden FOM/509/2002, de 22 de febrero, se autorizó a la Diputación Provincial de Castellón la construcción del Aeropuerto de Castellón, declarándolo de interés general del Estado y fijando el modo de gestión de sus servicios, al amparo de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre navegación aérea, y en el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles.

Posteriormente, el artículo 100 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, ha modificado el citado artículo 43 de la Ley 48/1960, que ha quedado redactado como sigue: 'Las Administraciones públicas territoriales y las personas y entidades particulares nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, deberán obtener una autorización previa, de acuerdo con las condiciones que determine el Ministerio de Fomento, para construir o participar en la construcción de aeropuertos de interés general. En tales casos, podrán conservar la propiedad del recinto aeroportuario y participar en la explotación de las actividades que dentro del mismo se desarrollen en los términos que se establezcan'.

En este nuevo marco legal, la Diputación Provincial de Castellón y la Generalitat Valenciana han constituido una sociedad pública, con participación igual de ambas instituciones, directa o indirecta, denominada 'Aeropuerto de Castellón, S. L.', para la construcción y explotación del aeropuerto de Castellón. Además la Diputación Provincial de Castellón ha otorgado a dicha sociedad la concesión de los terrenos sobre los que ha de construirse el referido aeropuerto de Castellón por un plazo de 90 años.

Con lo anterior la Diputación Provincial de Castellón y la Generalitat Valenciana pretenden que sea dicha sociedad la que desarrolle el proyecto aeroportuario de Castellón en la misma ubicación y en las exactas mismas condiciones que debía desarrollarlo inicialmente la Diputación Provincial de Castellón, ya que la citada sociedad asumirá todos los condicionamientos formulados por las Autoridades estatales competentes en materia aeroportuaria y de navegación aérea...

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