Comunitat Valenciana: la definitiva protección de su litoral

AutorJ. Rosa Moreno
Páginas1309-1341
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2019
ROSA MORENO, “Comunitat Valenciana...
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XLVI
Comunitat Valenciana: la definitiva protección de su
litoral
JUAN ROSA MORENO
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. 2. PREMISAS DEL
PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE LA INFRAESTRUCTURA
VERDE DEL LITORAL. 3. SUS DETERMINACIONES MÁS
RELEVANTES. 3.1. Suelo no urbanizable de protección litoral. 3.2.
Suelo no urbanizable de refuerzo del litoral. 3.3. Suelo común del litoral.
4. UNA PRIMERA APROXIMACIÓN A ALGUNOS DE SUS
ASPECTOS LITIGIOSOS. 4.1. La modificación de la Estrategia
Territorial: la pretendida permisibilidad de desarrollos urbanísticos. 4.2.
Los posibles vicios en su elaboración y documentación. 4.3. La
desclasificación de suelo urbanizable y el principio de responsabilidad
“cero”. 5. A MODO DE CONCLUSIÓN. 6. APÉNDICE
INFORMATIVO. 6.1. Legislación. 6.2. Organización. 6.3.
Jurisprudencia ambiental relevante. 6.4. Responsables de la
administración ambiental valenciana.
RESUMEN: En el año 2018, la política ambiental de la Generalitat Valenciana tuvo
un importante logro, la aprobación de la planificación de la
infraestructura verde del litoral. Esta planificación supone la definitiva
protección de las costas y de una notable zona de refuerzo y
conectividad. Es, por ello, una planificación de gran alcance territorial,
que va más allá de los espacios afectados por la legislación estatal. Su
regulación incorpora la sostenibilidad, esperada durante largo tiempo, y
garantiza la protección de los espacios abiertos que todavía existen. No
obstante, como era de esperar, ha generado muchos conflictos,
planteándose dudas sobre la licitud de sus acciones. Todo ello ya está
ante los tribunales. En este trabajo, pretendo exponer algunas de las
cuestiones esenciales de esta nueva planificación territorial y ambiental.
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ABSTRACT: In 2018, the environmental policy of the Generalitat Valenciana had an
important achievement, the adoption of the green infrastructure of coastal
planning. This planning involves the permanent protection of coasts and
a remarkable area of reinforcement and connectivity. It is, therefore, a
powerful territorial planning, that goes beyond spaces affected by State
law. Its regulation incorporates the, long awaited, sustainable
development, and guarantees the protection of open spaces that still exist.
However, as expected, it has led to many conflicts, arising doubts about
the legality of their actions. All this is already in the Court. In this paper,
I intend to state the essential issues raised by this new territorial and
environmental planning.
PALABRAS CLAVE: Política ambiental. Planificación territorial. Infraestructura
verde. Protección del litoral.
KEYWORDS: Environmental policy. Territorial planning. Green infrastructure. Coastal
protection.
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
Durante el 2018, la política ambiental de la Generalitat Valenciana se
ha plasmado, en el plano normativo, en la aprobación de algunas
modificaciones legales, como la forestal, o en el desarrollo reglamentario
de algunos aspectos, como los procedimientos y la regulación del sistema
de control de las emisiones atmosféricas procedentes de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera, así como en la
incorporación de los condicionantes ambientales en otras políticas, y ello a
través de una nueva legislación sectorial, como en materia de turismo o en
política industrial. También se ha dotado de un marco legal propio al
fomento de la responsabilidad social, tanto en el sector público como en el
privado, aunque de dudoso alcance real y práctico. Por otra parte, desde la
perspectiva económica, la política ambiental no ha sufrido grandes
variaciones durante este año, no existiendo nada digno de reseñar. De esta
forma, los programas gestionados por la Secretaría Autonómica de Medio
Ambiente y Cambio Climático han seguido la línea de ligero incremento,
con algunos decrementos poco significativos.
Pero, sin duda, el 2018 se ha caracterizado por la aprobación de
importantes instrumentos territoriales con una finalidad claramente
proteccionista, en los que se ha intentado conciliar desarrollo y
sostenibilidad, y sobre los que ha surgido una importante conflictividad, ya
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en sede judicial. Me refiero al Plan de Acción Territorial de ordenación y
dinamización de la Huerta de Valencia y, esencialmente, al Plan de Acción
Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral.
En efecto, como ya se constató en anteriores informes, después de
varios años de elaboración, y tras una conflictiva fase de consulta y
participación, se aprobó mediante Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del
Consell, el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del
Litoral de la Comunitat Valenciana (en adelante, PATIVEL), que incorpora
también el Catálogo de Playas. Con este plan, se dota al litoral valenciano
de una auténtica ordenación supramunicipal. Como es sabido, otras
comunidades autónomas ya hace años que afrontaron esta delicada, pero
necesaria, operación sostenible
1, propiciando algunos de los conflictos que
ahora se avecinan en el ámbito territorial valenciano. La Generalitat
Valenciana se había especializado es esquivar esta cuestión. Ahora, aunque
un poco tarde, aprueba una ordenación mucho más atrevida que la existente
en otros litorales de nuestro país, con un alcance territorial
considerablemente más amplio, cuyos espacios zonifica y clasifica, y con
un régimen de usos mucho más estricto.
En efecto, el impacto del PATIVEL es, y será, notable, tanto por el
alcance territorial, como por las implicaciones económicas y sociales.
Como recuerda el propio Decreto citado, esta planificación afecta a uno de
los sectores con mayor peso en la economía valenciana, como es el sector
turístico, así como a la mayoría de la población que, precisamente, reside
próxima al litoral y sobre el que se ejerce una alta presión2, aunque también
debe recordarse que, tal y como señala la Estrategia Territorial de la
Comunitat Valenciana (en adelante, ETCV), más del 20% del litoral se
1 Como el Decreto 57/2004, de 18 de junio, por el que se aprueban las Directrices y Plan
de Ordenación Territorial del Litoral de la Región de Murcia, los Planes directores
urbanísticos del sistema costero (PDUSC I y II) de Cataluña, aprobados en 2005 y
refrendados jurisprudencialmente, el Plan Territorial Sectorial de Protección y
Ordenación del Litoral del País Vasco, aprobado por Decreto 43/2007, de 13 de marzo,
o el Plan de Ordenación del Litoral de Galicia (Decreto 20/2011, de 10 de febrero,
también con pronunciamientos judiciales favorables). En otras con cobertura legal
específica, como la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral
de Cantabria, modificado en varias ocasiones y objeto de la STC 57/2015, de 18 de
marzo de 2015, o con una historia interminable, además de sumamente conflictiva,
como en el caso de las Islas Baleares. Más recientemente, el Plan de Protección del
Corredor Litoral de Andalucía, aprobado por Decreto 141/2015, de 26 de mayo, y
declarado nulo por el TSJ de Andalucía, con sede en Sevilla, mediante Sentencia de 7
de septiembre de 2017, por ser aprobado por un gobierno en funciones.
2 “La mitad de los primeros 500 metros desde el límite interior de la ribera del mar es
urbano o urbanizable, el 44 % es protegido por la legislación ambiental y el restante 6 %
es no urbanizable del denominado régimen común” (preámbulo del Decreto 58/2018).

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