Comentario al Artículo 41 de la Ley Concursal, sobre efectos sobre las comunicaciones, residencia y libre circulación del deudor

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Derechos fundamentales del deudor concursado

Los derechos y libertades están expresamente garantizados por los arts. 14 a 29 CE, además de otras leyes que los desarrollan y regulan, atendiendo al principio de que no hay derecho absoluto, pues todos deben ser limitados a favor de una pacífica convivencia. Entre las disposiciones legales que desarrollan estos derechos y libertades se pueden mencionar:

  1. La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de Mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

  2. El recurso de amparo constitucional previsto en la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de Octubre, del Tribunal Constitucional.

  3. La Ley 62/1978, de 26 de Diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.

  4. La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, entre otras.

    En cuanto a la Ley Concursal, es una ley de rango similar a las antes mencionadas, por lo cual puede establecer modificaciones a las normas en aquéllas contenidas, o puede derogar algunas y crear otras, bien entendido que la modificación ha de ser de los límites o el modo de ejercerlos pero nunca de los derechos y libertades en cuanto tales. El legislador ordinario tiene esa facultad constitucional, de modo que si se equivoca y en alguna ley aprobada por las Cortes Generales se infringe algún principio constitucional más allá de la permisión de desarrollo y regulación de los derechos y libertades, tal error puede ser corregido por el cauce del recurso de inconstitucionalidad.

    Pero, lo que no se le puede negar al legislador, es adecuar la regulación de tales derechos a otras situaciones creadoras a su vez de derechos constitucionales regulados por la ley ordinaria o común. Y este es el caso de la Ley Concursal, que atrae para sí la regulación de los derechos y libertades fundamentales del deudor, pero ciñéndose a concretos aspectos de su privacidad. Y tales aspectos son: la correspondencia, la residencia y la libre circulación, que tampoco introducen ninguna novedad en el ordenamiento jurídico español, pues tales aspectos limitativos de los derechos fundamentales ya se encuentran previstos en las leyes procesales de carácter penal.

    Y esta regulación parcial de los derechos fundamentales y libertad del deudor tiene su explicación en razón de la peculiaridad del...

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