DECRETO 270/1997, de 2 de diciembre, sobre composición y funciones de la Comisión Delegada de Bienestar Social.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 270/1997, de 2 de diciembre, sobre composición y funciones de la Comisión Delegada de Bienestar Social.

La progresiva implantación en los últimos años de los distintos sistemas de protección social ha contribuido a configurar una nueva realidad andaluza, asegurando y mejorando determinados aspectos del bienestar en nuestra Comunidad Autónoma. No obstante, se hace preciso seguir avanzando en la cobertura de los servicios y en la ampliación de las prestaciones, puesto que los retos son distintos y las aspiraciones mayores.

El Gobierno Andaluz quiere, en esta nueva etapa, asumir esos retos de cohesión social a fin de seguir impulsando políticas que consoliden las conquistas sociales, continuar la lucha contra la exclusión y avanzar en la generalización de los servicios. Por ello, persiste en su voluntad de impulsar las políticas horizontales en la perspectiva de promover las condiciones que garanticen que la libertad y la igualdad de los ciudadanos y de los grupos en los que se integran

sean reales y efectivas. Es por esta razón por lo que deben incrementarse y optimizarse los recursos disponibles en el área de bienestar social.

Transcurridos más de trece años desde su creación mediante el Decreto 110/1984, de 17 de abril, la composición y estructura de la Comisión Delegada de Bienestar Social ha sido objeto en el tiempo de sucesivas modificaciones parciales en su normativa reguladora como consecuencia de su necesaria adaptación a la realidad organizativa existente en cada momento. Esta circunstancia aconseja, igualmente, la conveniencia de reflejar en un único instrumento normativo la regulación establecida sobre la Comisión Delegada de Bienestar Social que, por otra parte, junto con la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos...

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