DECRETO 370/1996, de 29 de julio, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Economía y Hacienda en materia de aplazamientos y fraccionamientos de pago.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 370/1996, de 29 de julio, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Economía y Hacienda en materia de aplazamientos y fraccionamientos de pago.

La normativa reguladora de los diversos tipos de ingresos de derecho público, tanto tributarios como de otra naturaleza, ha establecido el régimen de aplazamiento y fraccionamiento de éstos, haciendo extensiva a la vía de apremio la posibilidad de aplazar o fraccionar con carácter ordinario el pago de estas deudas.

De otro lado, la normativa de la Comunidad Autónoma dictada en virtud de sus competencias de autoorganización, que asigna a la Consejería de Economía y Hacienda la gestión de determinados ingresos, atribuye a las Consejerías, Organismos Autónomos y demás entidades la gestión de aquellos ingresos derivados del servicio o actividad que prestan.

La Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, distribuye las competencias en orden a la gestión y control de estos ingresos, atribuyendo su gestión y recaudación en período voluntario a las Consejerías, Organismos Autónomos y demás entidades que deban prestar el servicio o actividad que determina su exigencia, y a la Consejería de Economía y Hacienda el control y recaudación en vía de apremio así como el aplazamiento y fraccionamiento del pago sin distinción del período de recaudación.

Debe significarse que la citada Ley hace extensivo el mismo régimen económico de pago, aplazamiento y fraccionamiento, a las multas y sanciones que, en uso de sus competencias y de la normativa sectorial, imponen las Consejerías, Organismos Autónomos y demás entidades.

En este marco, el Decreto 196/1990, de 19 de junio, determinó los órganos competentes de la Consejería de

Economía y Hacienda en materia de aplazamientos y fraccionamientos de pago según la deuda se encontrara en período voluntario de cobranza o en vía de apremio.

Las modificaciones introducidas en la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda instituyendo a la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria en el Centro Directivo de todos los ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma, en sus dos períodos, determinan la necesidad de modificar el régimen previsto en...

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