La adquisición de competencias mediante la acción tutorial: El proyecto 12-58

AutorJosefa Dolores Ruiz Resa
Cargo del AutorDoctora en Derecho y Profesora Titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Granada
Páginas359-382
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INTRODUCCIÓN
La última reforma de los estudios universitarios pretende
convertir a las universidades en proveedoras de conocimiento.
En este contexto, el reto más importante es la adaptación a los
cambios que exige la competencia, la cual demanda transfor-
maciones tan profundas como continuadas. Y es que las nuevas
ideas se transmiten rápidamente, superponiéndose unas a otras
en un progreso vertiginoso que las vuelve obsoletas antes de
que hayan podido ser desarrolladas. Esto produce una inevita-
ble inestabilidad en el mundo laboral y empresarial, del que se
espera una flexibilidad no sólo salarial sino estructural y fun-
cional, que se manifiesta en un cambio continuo en los perfiles
profesionales. Por esta razón, se exige que la formación esté
imbuida de una filosofía básica: cambio continuado y adapta-
ción a la competencia, lo que desemboca en la exigencia del
aprendizaje de por vida o long life learning.
Ante el panorama descrito, la adquisición de conocimien-
tos, tradicionalmente escorados hacia la teoría, por encima de
la práctica, se considera insuficiente, y se hace preciso arbitrar
otras fórmulas de aprendizaje, al lado de las previstas en la
metodología tradicional de los cursos académicos. Y a su lado,
se empieza a hablar de la adquisición de competencias, que
adiestran en saber hacer.
12. LA ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS
MEDIANTE LA ACCIÓN TUTORIAL:
EL PROYECTO 12-58
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Sin duda, esta situación afecta también a la formación en
Derecho y a las profesiones jurídicas, independientemente
del sector, público o privado, en que se ejerzan. La aplicación
de los nuevos planes de estudios jurídicos debe realizarse en
consonancia con este nuevo contexto de la economía, la
sociedad y la política globales, donde cada interesado o inte-
resada tendrá que establecer su propio recorrido formativo y
profesional. Por otra parte, el énfasis en la preparación de los
juristas para saber hacer ha determinado que los nuevos pla-
nes de estudios hayan incluido la formación en competen-
cias, y no sólo en conocimientos. De manera específica, y a
partir de las recomendaciones recogidas en el libro blanco
del grado en Derecho, elaborado por la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)1, se han
apuntado una serie de competencias, divididas en competen-
cias generales o transversales y competencias específicas. Las
competencias generales se han dividido, a su vez, en compe-
tencias instrumentales, interpersonales y sistémicas, mien-
tras que las competencias específicas se han dividido en a)
competencias académicas, que constituyen «el bagaje de
conocimientos teóricos aprehendidos por el licenciado a lo
largo de su formación universitaria»; b) conocimientos (sic)
disciplinares (hacer), que «vienen determinadas por el con-
junto de conocimientos prácticos requeridos para involucrar-
se en cada sector profesional»; y c) competencias profesiona-
les (saber hacer), que se refieren «al conjunto de técnicas,
habilidades y destrezas específicas aplicadas al ejercicio de
una profesión concreta». (Como puede apreciarse, con la
expresión competencia se hace referencia a conocimientos, lo
que fomenta la confusión).
Junto a estas competencias, el libro blanco se hace eco de
cómo en otras universidades europeas se han incluido también
las competencias metodológicas, que permiten aprender a
1 http://www.aneca.es/var/media/150240/libroblanco_derecho_def.pdf
(última consulta 7/3/2014).
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