STSJ Extremadura , 27 de Marzo de 2000
Ponente | ISAAC MERINO JARA |
ECLI | ES:TSJEXT:2000:698 |
Número de Recurso | 137/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 467 PRESIDENTEDON WENCESLAO OLEA GODOY.
MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a veintisiete de marzo de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 137 de 1.997, promovido por el Procurador D. Fernando Leal osuna, en nombre y representación de la recurrente UNION TEMPORAL DE EMPRESA (U.T.E.)
HIMEXSA-SEMPASA, siendo demandado el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA (Cáceres), representado por la Procuradora Dª. Pilar Simón Acosta; recurso que versa sobre: Resolución o acuerdo adoptado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres), con fecha 2 de mayo de 1.996.
Cuantía 9.395.572 pesetas.
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; no habiéndose dado traslado de la demanda a la parte demandada por no haberse personado en ese momento procesal.
Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en el ramo separado de la parte actora, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde la parte actora evacuó dicho trámite interesando se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de su escrito de demanda; señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el. Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA .
El presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Leal Osuna, en nombre y representación de "U.T.E. HIMEXSA- SEMPASA", se dirige contra el Acuerdo del Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres), de 2 de mayo de 1996 que acordó un reconocimiento de deuda a favor de HIMEXSA por la gestión de la Estación Depuradora de Aguas Residuales.
El contenido del acuerdo recurrido es el siguiente: primero, se reconoce a favor de Hidromecánica Extremeña S.A. (Himexsa) la prestación del servicio de gestión y explotación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales, desde el 1 de julio de 1992 hasta el 30 de abril de 1994, asumiendo el Ayuntamiento la obligación para con dicha empresa por una cuantía de 17.892.840 pesetas, en contrapartida por la prestación de los referidos servicios; segundo, se decide efectuar el pago de esa obligación mediante compensación con la liquidación de la tasa por otorgamiento de licencia urbanística por la realización de las obras de construcción de la E.D.A.R. La actora...
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