Orden MAM/1742/2006, de 29 de mayo, por la que se crea el Comité Científico de la Red de Parques Nacionales.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Junio de 2006
MarginalBOE-A-2006-9964
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Orden MAM/1742/2006, de 29 de mayo, por la que se crea el Comité Científico de la Red de Parques Nacionales.

El Real Decreto 1803/1999, de 26 de noviembre, por el que se aprobó el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, establecía una serie de programas de actuaciones de la Red, entre los que se encontraba, en el apartado 5.5, el dedicado a investigación. Dicho programa tenía como objetivo establecer un marco de colaboración y asesoramiento con la comunidad científica, y desarrollar un programa de investigación propio de la Red de Parques Nacionales. Para el apoyo y asesoramiento a dicho programa se creó el Comité Científico especializado de Parques Nacionales (Orden de 12 de julio de 2001).

Tras la promulgación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 101/2005, de 19 de abril de 2005, se establece una nueva distribución de competencias entre la Administración Central y las Comunidades Autónomas en materia de Parques Nacionales y del Plan Director, que hacen necesario proceder a la creación de un Comité Científico de la Red de Parques Nacionales que dé respuesta a lo especificado en la citada sentencia.

Por otra parte, la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado establece, en su artículo 39.3, que en la composición de los órganos colegiados -de la Administración del Estado y de sus organismos públicos- podrán participar, cuando así se determine, organizaciones representativas de intereses sociales, así como otros miembros que se designen por las especiales condiciones de experiencia o conocimientos que concurran en ellos, en atención a la naturaleza de las funciones asignadas a tales órganos determinando el artículo 40.2 de la citada Ley que la creación de los órganos colegiados ministeriales deberá revestir la forma de Orden Ministerial.

En su virtud, y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Creación.

Se crea el Comité Científico de la Red de Parques Nacionales, como órgano de carácter asesor.

Artículo 2 Funciones.

El Comité Científico tendrá como función genérica el asesorar en cualquier materia que le sea planteada por...

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