Comentarios a la calificación registral

AutorRafael Gómez Pavón
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas109-112

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¿Pecaremos de suspicaces o quisquillosos si nuestra preocupación atisba en la doctrina en parte de la doctrina cierta hostilidad contra la facultad calificadora de los Registradores, cierto ánimo hábil y cauteloso todavía, de ir cercenando el ámbito de la calificación y recortar cómo Dalila los cabellos de Sansón, razón de su fuerza el criterio del funcionario hasta convertirlo en inútil y subalterno? Tal vez; y ojalá no sean más que simples aprensiones de un neurasténico que vislumbra gigantes disformes en lo que sólo son pobres molinos arruinados. Pero supongamos por un momento que esos molinos, con sus brazos fantasmales, nos amenazan y que la ofensiva contra la función calificadora no es una simple quimera. Supongámonos ya que si no sobrarían estas pobres cuartillas que algunos autores, que alguna resolución judicial o administrativa niegan los postulados que siempre hemos creído necesarios para la sólida construcción del llamado principio de legalidad, sin el cual el sistema parece fundado sobre arenas versátiles. Nuestro deber en tal caso se perfila con la más meridiana claridad: defender serena y razonablemente el fundamento de nuestra existencia funcional, aquel que inducía a los redactores de la Ley del 61 a exigir que los servidores del nuevo organismo no "sólo fuesen Letrados, sino que fuesen Letrados con la experiencia suficiente a manejar un instrumento de precisión logrado tras largos afanes y ensayos, y en el que sus autores cifraban las más vigorosas esperanzas para el crédito territorial. No; ante esas tendencias no podemos resignarnos al "retorno de un oficio desahuciado por estéril. No queremos ser de nuevo contadores de Hipotecas.

Cuando se discuten los proyectos del Ordenamiento hipotecario español, todos los jurisconsultos que en los diversos proyectos intervienen tienen una máxima y acuciante preocupación: revalorizar la ri-Page 110queza inmueble haciéndola apta para el desarrollo de la agricultura, la firmeza del crédito y la garantía de los capitales que en la misma buscan su inversión. Y, aparte de otros principios que no son del caso, es común sentir el de que la titulación aspirante al ingreso en los Registros ha de ser pura e invulnerable mediante un previo examen pericial por los Registradores a los que, sucesivamente, por la legislación y la jurisprudencia, se va ampliando el círculo de esta obligada intervención específica.

"Extensos -dice el expositor de motivos- son los deberes y grave la...

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