Comentario de la STS nº 576/2022, sobre el subsidio por desempleo para mayores de 52 años y la previsión sobre cotizaciones ficticias por razón de parto
Autor | vLex |
La Sentencia del Tribunal Supremo nº 579/2022, Sala de lo Social, de 23 de junio de 2022 (rec. 646/2021), cuyo Ponente ha sido el Magistrado Antonio V. Sempere Navarro, analiza un supuesto en que se discute si resulta aplicable al subsidio por desempleo para mayores de 52 años la previsión sobre cotizaciones ficticias por razón de parto que alberga el art. 235 de la Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con la derogada Disposición Adicional (DA) 44ª del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La actora cotizó a regímenes que protegen la contingencia por desempleo por un total de 1861 días, siendo madre de tres hijos nacidos en 1980 y 1981. Su solicitud de subsidio por desempleo, efectuada en enero de 2019, para mayores de 55 años fue denegada porque no había cotizado al menos seis años a un régimen que proteja la contingencia de desempleo.
Disconforme con lo anterior, la parte actora interpuso reclamación administrativa previa en marzo de 2019, reclamación que también fue desestimada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dado que los periodos de cotización asimilados al parto solo se computan a efectos de las pensiones contributivas de jubilación e incapacidad permanente.
* SJS nº 4 de Jaén nº 70/2020, de 2 de marzo: A través de su sentencia, el Juzgado de lo Social nº 4 de Jaén, estima la demanda y declara el derecho de la trabajadora a percibir el subsidio para mayores de 55 años desde la fecha de solicitud. En ella, el Juzgado advierte que la literalidad del artículo 235 LGSS abocaría a dar la razón al SEPE, pero la finalidad del precepto (compensar a la mujer que se vio compelida a abandonar el mundo laboral como consecuencia de la maternidad) lleva a una conclusión distinta.
* La STSJ Andalucía (Granada) nº 2802/2020 de 15 diciembre (rec. 815/2020): Disconforme con la solución de la SJS nº 4 de Jaén nº 70/0020, de 2 de marzo, el SEPE interpuso recurso de suplicación denunciando la infracción de los arts. 235 y 274.4 LGSS, por haber reconocido la sentencia de instancia el...
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