Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 15 de julio de 2020 (426/2020)

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SEGUROS Y PLANES DE PENSIONES
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COMENTARIO DE LA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
DE 15 DE JULIO DE 2020 (426/2020)
Requisitos que deben concurrir
para que la invalidez o fallecimiento derivados
de una lesión de naturaleza exclusivamente psíquica
queden cubiertos por el seguro de accidentes
Comentario a cargo de:
C B G
Abogado
Consejero de Cuatrecasas
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 15 DE JULIO DE 2020
R:  STS 2501/2020 - ECLI: ES:TS: 2020:2501
I C:  28079119912020100015
P: E. S. D J M D F
Asunto: Sentencia que reconoce el derecho del asegurado
a ser indemnizado por cierto trastorno psíquico que derivó en su
declaración de invalidez permanente, al considerar la sala que
concurren los requisitos necesarios para su cobertura bajo el se-
guro de accidentes. Tres de los magistrados emiten un voto parti-
cular discrepante por entender que los hechos objeto del proceso
no son susceptibles de su consideración como accidente, en los
términos establecidos en el art. 100 de la LCS. Como cuestión se-
cundaria, la sala considera que no procede la imposición de in-
tereses de demora extraordinarios del 20% a la aseguradora, al
entender que existía una incertidumbre razonable sobre la cober-
tura del seguro y no apreciar mala fe en el retraso en el abono de
la indemnización por parte de la aseguradora.

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