Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 18 de octubre de 2018 (586/2018)

AutorRut González Hernández
Cargo del AutorProfesora de Derecho civil
Páginas349-357
PROPIEDAD HORIZONTAL
24
COMENTARIO DE LA SENTENCIA
DEL TRIBUNAL SUPREMO
DE 18 DE OCTUBRE DE 2018 (586/2018)
Acuerdos adoptados en régimen
de propiedad horizontal
acerca de la construcción de piscina en patio común
Comentario a cargo de:
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Profesora de Derecho civil
RCU Escorial- María Cristina (Universidad Complutense de Madrid)
Roj:  STS 4462/2018 - ECLI: ES:TS:2018:4462
Id Cendoj:  28079119912018100041
P: E. S. D E B R
Asunto: Impugnación de acuerdo comunitario adoptado en la
Junta General sobre construcción ex novo de piscina en patio común
por un copropietario, al amparo de la regla 4ª del art. 17 LPH.
La sentencia considera que el régimen de mayorías para la validez
del acuerdo se ha respetado, no siendo precisa la unanimidad, y
queda espacio suficientemente amplio de patio de recreo para uso
y disfrute del propietario impugnante, por lo que no se priva de
modo relevante y sustancial del uso y disfrute del elemento común.
Sumario: 1. Resumen de los hechos. 2. Soluciones dadas en primera instancia. 3. Solu-
ciones dadas en apelación. 4. Los motivos de casación alegados. 5. Doctrina
del Tribunal Supremo: 5.1. Consideraciones preliminares: error de plantea-
miento en las sentencias de primera y segunda instancia. 5.2. Carácter de
mejora de la instalación. 5.3. Derechos de disfrute de un copropietario versus
derechos del resto de copropietarios. 5.4. Conclusión. 6. Bibliografía.

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