Comentario a la sentencia del tribunal supremo de 21 de diciembre de 2016 (737/2016)
Autor | Joaquín J. Rams Albesa |
Páginas | 421-424 |
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Valoración de la Viviendas de Protección Oficial en la liquidación de la sociedad de gananciales
Comentario a cargo de:
Joaquín J. Rams Albesa
Catedrático de Derecho civil
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 21 DE DICIEMBRE DE 2016
Roj: STS 5529/2016 - ECLI:ES:TS: 2016:5529
Id Cendoj: 28079119912016100708
Ponente: Excmo. Sr. Don José Antonio Seijas Quintana
Asunto: En el caso se planteaba el problema de cómo debe ser valorada una Vivienda de Protección Oficial, si de acuerdo con el valor inicial o de acuerdo con el que el inmueble tuviera en el momento de la disolución del régimen de gananciales. Una cuestión realmente necesitada de unificación de criterios, pero se da la curiosa circunstancia de que, una vez admitido a trámite el recurso e incluso después de que su resolución quedara abocada al Pleno de la Sala, se advirtió que se trataba de una cuestión nueva, que se planteaba por vez primera ante el Tribunal Supremo, lo que impidió una respuesta sobre el fondo del asunto.
Sumario: 1. Resumen de los hechos. 2. Soluciones dadas en primera instancia. 3. Soluciones dadas en apelación. 4. Los motivos de casación alegados. 5. Doctrina del Tribunal Supremo. 5.1. El planteamiento de cuestiones nuevas en casación. 5.2. La valoración de las VPO en sede de liquidación de gananciales.
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Tras el divorcio, una de las partes, la ex esposa, interpuso demanda de liquidación del régimen económico matrimonial de la sociedad de gananciales contra el ex esposo, solicitando que se elaborase el correspondiente inventario y se procediese a la liquidación del patrimonio común. Al mismo tiempo, enumeraba y valoraba los bienes existentes como activo, con aportación de tasaciones y propuesta de adjudicación.
Ambas partes, debidamente asistidas, comparecieron ante el juzgado para la formación de inventario, sin que se alcanzase acuerdo. En consecuencia, fueron citadas para el nombramiento de Contador-partidor de los bienes de la sociedad legal de gananciales.
Una vez elaborado el correspondiente documento de operaciones divisorias, el ex esposo formuló su oposición contra las mismas argumentando la nulidad radical de pleno...
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