Comentario al Artículo 74 de la Ley Concursal, sobre plazo de presentación

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Plazo de presentación del informe de la administración concursal

Los dos primeros apartados de este artículo son de burocracia judicial, por lo que no exigen mayor comentario. Se fija el plazo dentro del cual la administración concursal deberá presentar su informe, que es de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha de aceptación de al menos dos de los tres administradores designados, o del único.

Fundadamente y...

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