Comentario al Artículo 75 de la Ley Concursal, sobre estructura del informe
Autor | Carlos Vázquez Iruzubieta |
Cargo del Autor | Abogado |
Cuando el concurso es necesario, el deudor debe presentar la memoria juntamente con el resto de la documentación pertinente en el plazo de diez días a partir del auto de declaración de concurso (art. 21.1.3° LC). Si el concurso es voluntario, se debe presentar la misma documentación acompañando a la solicitud de concurso.
El informe de la administración se caracteriza por su complejidad y extensión. Aunque estas características, en verdad, están estrechamente relacionadas con la importancia del deudor concursado, su volumen de negocios, su vinculación con otras empresas con las que forma Grupo empresarial, sea como dominante o como dominada, y mucha mayor complejidad si se trata del primer caso.
El deudor tiene la obligación de presentar la memoria expresiva de su historia económica y jurídica, de la actividad o actividades a las que se dedica o se hubiera dedicado los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud de concurso voluntario, los establecimientos, oficinas y demás lugares donde lleva a cabo la explotación de su actividad o actividades productivas, así como las causas por las que atraviesa la crisis económica o financiera o ambas cosas, y una valoración acerca de la reestructuración, rehabilitación o liquidación de su empresa, además de otros datos que le exige el art. 6.1 y 2.2° LC. Si la crisis es financiera, explicar las causas por las que se produjo la debilidad del flujo de dinero; si la crisis es económica, explicar a qué se debe la pérdida de activos inmovilizados.
Es a esta memoria a la que debe enfrentarse la administración concursal para comprobar los datos que la abonan o justifican sus razonamientos, y comprobados los datos, cotejarlos con los argumentos y explicaciones dadas por el deudor en su Memoria. Esta parte del informe es de suma importancia porque es la que refleja con mayor claridad y facilidad de comprensión, el estado real de insolvencia con el que se enfrentan los acreedores del deudor común. Del mismo modo que el deudor debe analizar, argumentar y...
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