Comentario a Artículo 384 del Código Penal

AutorSergio Amadeo Gadea
Cargo del AutorAbogado/Criminólogo/Especialista en Responsabilidad Civil

Es un delito de riesgo o peligro abstracto y no de resultado, pero al mismo tiempo formal o de mera actividad que se comete por el mero hecho de conducir sin haber obtenido el permiso, siendo el bien jurídico protegido la seguridad en el tráfico rodado y por extensión la vida e integridad física de los usuarios (SAP MADRID, 21/09/2009). La jurisprudencia anterior hasta la despenalización por la LO 8/1983 que consideraba que el fundamento de la punición de la conducta ahora nuevamente criminalizada, consiste en "el riesgo potencial contingente de que conduzcan por las vías públicas de España inexpertos que no hayan justificado adecuadamente que física, mental e intelectualmente están en condiciones de conducir correctamente" (STS 23/02/1972), estimando que dicha conducta delictiva de conducir sin permiso, como tipo eminentemente formal, se comete "con independencia de la capacidad real que en el orden meramente técnico pueda tener el conductor, pues lo que el precepto sanciona es precisamente el hecho de conducir tal clase de vehículos (aparatos de por sí peligrosos) sin que los organismos oficiales correspondientes hayan constatado la capacidad técnica del conductor" (STS 14/02/1966) (SAP MADRID, 21/09/2009).

La tipificación que se hace en el art. 384 CP de tres conductas delictivas, que pueden unificarse en la prohibición de pilotar vehículos de motor o ciclomotores por carecer de permiso o licencia, bien porque se ha perdido el mismo o porque nunca se han tenido los mismos. El fundamento de la tipificación de esta modalidad delictiva se encuentra en que una persona que pilota un vehículo o ciclomotor sin haber obtenido en ningún momento el permiso o licencia citadas carece de la aptitud necesaria para poder hacerlo sin riesgo para los demás usuarios de la vía, elevándose a la categoría de delito tal acción porque el Derecho administrativo sancionador no tiene la fuerza de convicción suficiente para velar por bienes tan esenciales como la vida o la integridad física que se encuentran en peligro ante la conducción sin la licencia correspondiente. Es cuestión que se plantea con frecuencia en España como consecuencia del fenómeno de la inmigración de personas y trabajadores extranjeros que se hallan en nuestro país, que los mismos conducen con permisos que no han sido homologados o presentados al canje en la administración correspondiente, que han perdido su vigencia por el paso del tiempo y no haber sido...

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