Comentario al Artículo 11 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

La regla lex locus regit actum se aplica a las formas y solemnidades de los actos jurídicos, con algunas salvedades fundadas en el contenido del acto o de la ley común de los otorgantes. Respecto de los inmuebles también se autoriza la validez de los actos otorgados con arreglo a las formas y solemnidades del lugar en que se encuentren radicados, aunque no coincida con el de la ley donde se otorga el acto.

En orden a los actos celebrados a bordo de buques o aeronaves rige el conocido principio de que es aplicable la ley del país del abanderamiento o, de...

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