Comentario al Artículo 1541 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

Esta norma ha sido criticada, entre otras razones, por lo genérica e impracticable y porque, en todo caso, pareciera ser que la compraventa debiera inspirarse en la permuta y no a la inversa.

El fundamento más aceptado por la doctrina, en cuanto a la razón de ser de este artículo, y aparte de la economía legislativa, se basa en el hecho de que es innegable que en la permuta ambas partes ostentan la...

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