Comentario al Artículo 1267 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Violencia física y violencia moral

La violencia encierra dos supuestos: la física y la moral, conocidas tradicionalmente como vis absoluta y vis compulsiva. Cuando la violencia al ser ejercida produce por sí misma temor, ambas especies se confunden o, si se quiere, actúan simultáneamente. Esto acontece cuando se produce con falta de libertad y es ejercida sobre la víctima sin posibilidad de defenderse o huir. La violencia, además de causa de anulación, puede dar lugar en la generalidad de los casos a una acción penal, sin perjuicio de las indemnizaciones que pudieran corresponder a consecuencia del acto ilícito.

La coacción

La coacción o violencia moral es preciso que sea de tal envergadura que la víctima padezca un verdadero temor a sufrir un mal grave e inminente...

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