Comentario al Artículo 62 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Inscripción inmediata

La precaución de imponer la obligatoriedad de la inscripción inmediata no solamente está fundada en la necesidad de recoger en el instante la serie de datos de importancia que configuran el acto mismo y peculiaridades de la personalidad de los asistentes, sino que viene reforzada por la intención legal de no introducir error en el único documento capaz de tener fuerza probatoria entre las partes y frente a terceros, habida cuenta la cantidad e intensidad de relaciones jurídicas que ese acto genera desde su celebración. Añádase a ello que el efecto de la inscripción consiste en otorgarle al acto eficacia civil plena frente a terceros, probando su existencia y fecha cierta.

Copia literal o extracto

Puesto que la ley habla de documento acreditativo, bien puede tratarse de un extracto del acto o de una copia literal del acta inscrita o del acta volante. Los contrayentes y demás intervinientes tienen derecho a que se les entregue tal documento, lo que se hará conforme a las normas reglamentarias.

No contiene el Código una sección especial para regular la prueba del matrimonio; sólo una norma que le da efecto de prueba preconstituida, con lo cual es imposible intentar probarlo de otra manera, salvo destrucción de los asientos del Registro Civil (Carbonier), porque se trata de un supuesto de fuerza mayor.

Prueba preconstituida

En cuanto al valor de la prueba preconstituida, es vinculante sólo respecto de ese matrimonio; pero cuando se trata de acreditar extremos legales en relación a otros actos jurídicos, la doctrina suele admitir toda especie de prueba (Demolombre, Aubry-Rau y Planiol-Ripert, por todos), dándose el siguiente ejemplo: el legado de un marido, de una renta vitalicia a su viuda, vigente hasta el día en que ella vuelva a casarse; quienes tienen derecho a la sucesión pueden tratar de acreditar el segundo matrimonio de la viuda por todos los medios de prueba permitidos por la ley, porque en este caso el segundo matrimonio no estará probando un estado civil, sino la existencia de una condición resolutoria.

Acto anulable

El problema que puede...

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