Comentario al Artículo 466 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

La continuidad de la posesión está tratada en el art. 466 CC y la introduce en el caso de haberla recuperado luego de perdida, creando una ficción legal, calificada también de presunción defensiva a favor del poseedor (MANRESA) o de complementaria (SCAEVOLA). Puede también tener sentido para atribuirle retroactivamente al despojado la posesión corporal, lo que implicaría el derecho a la restitución de los frutos (VALDECASAS).

La norma puede...

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