Comentario al Artículo 371 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

Conforme lo dispone el art. 371 CC, las islas formadas dentro del mar territorial de España pertenecen al Estado español. Es la consecuencia de la extensión del dominio público, en virtud de la zona pública donde la formación geológica tiene lugar.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR