La comarca: delimitación de su concepto y marco normativo específico

AutorNorberto Miras Marín
Páginas17-29
CAPÍTULO I.
LA COMARCA: DELIMITACIÓN DE SU
CONCEPTO Y MARCO NORMATIVO
ESPECÍFICO
SUMARIO: I.- DELIMITACIÓN DEL CONCEPTO DE COMARCA Y
PROCEDIMIENTO PARA SU CREACIÓN 1.- El concepto de «comarca»
2.- La creación de las comarcas 3.- Diferencias en el desarrollo normativo de
las comarcas según Comunidad Autónoma 4.- Las competencias comarcales
II.- MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO 1.- Marco normativo general
2.- Marco normativo de los ingresos comarcales 3.- Marco normativo presu-
puestario comarcal.
I. DELIMITACIÓN DEL CONCEPTO DE COMARCA Y PRO-
CEDIMIENTO PARA SU CREACIÓN
1. El concepto de «comarca»
Siguiendo a SÁNCHEZ BLANCO1 definiremos «comarca» como
un ente local2 compuesto por una agrupación de Municipios limí-
1 SÁNCHEZ BLANCO, A: “La Comarca en Castilla y León: Problemática Jurídico-
Institucional”, Revista de estudios de la administración local y autonómica, nº 230, 1986, pp.
235-236.
2 Según los artículos 137, 140 y 141 de la Constitución, son entes locales de existencia
obligatoria el municipio, la provincia y la isla; aunque también se pueden crear entes locales
supramunicipales distintos de la provincia. Sobre la base de estos preceptos constitucionales se
ha establecido la clasif‌i cación legal de entes locales en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que distingue entre entes locales territoriales;
que son los municipios (son las entidades locales básicas de la organización territorial del
Estado), las provincias (tienen la dualidad de ser unas Entidades Locales con personalidad
jurídica independiente, conf‌i guradas por la agrupación de Municipios y una división territorial
para el cumplimiento de las actividades del Estado) y las islas; y otros entes que se crearán o

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR