STSJ Comunidad de Madrid 229/2008, 14 de Febrero de 2008

PonenteJESUS CUDERO BLAS
ECLIES:TSJM:2008:2749
Número de Recurso3377/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución229/2008
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00229/2008

Recurso núm.: 3377/03.

Ponente: Sr. Jesús Cudero Blas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

S E N T E N C I A núm.229

Ilmos. Sres.:

Presidente:

  1. Jesús Cudero Blas

    Magistrados:

    Dª Teresa Delgado Velasco

    Dª Cristina Cadenas Cortina

    Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

    Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

  2. Francisco de la Peña Elías

    ______________________________

    En la villa de Madrid, a catorce de febrero de dos mil ocho.

    VISTO por la Sala el presente recurso contencioso administrativo núm. 3377/03, interpuesto por el Procurador Sr. Ibáñez de la Cadiniere, en representación del ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID, contra: a) El Acuerdo del Pleno del Consejo General de la Abogacía Española de fecha 4 de octubre de 2003 por el que se aprobó el Presupuesto Extraordinario de los años 2004-2007, en el particular relativo a la aprobación de la parte extraordinaria de dicho Presupuesto relativa al "Proyecto de Infraestructura Tecnológica de la Abogacía"; b) El Acuerdo del Pleno de dicho Consejo de 9 de diciembre de 2003 por el que se desestima el recurso de reposición deducido contra la resolución de 4 de octubre de 2003 por el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona; c) El Acuerdo Plenario del mismo Consejo de 24 de septiembre de 2004, por el que se aprueba el Presupuesto del Consejo General de la Abogacía correspondiente al ejercicio de 2005 en el particular relativo al Proyecto Tecnológico, habiendo sido parte en autos el CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA, representado por el Procurador Sr. Riopérez Losada.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que se anulen las resoluciones recurridas.

Segundo

La representación procesal del Consejo General de la Abogacía Española contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte Sentencia por la que se declare inadmisible el recurso o, subsidiariamente, se desestime y se confirmen las resoluciones impugnadas.

Tercero

Para la votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 13 de febrero de 2008, teniendo así lugar.

VISTO siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Cudero Blas, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El objeto del presente recurso contencioso administrativo se centra en determinar la conformidad o disconformidad a derecho de: a) El Acuerdo del Pleno del Consejo General de la Abogacía Española de fecha 4 de octubre de 2003 por el que se aprobó el Presupuesto Extraordinario de los años 2004-2007, en el particular relativo a la aprobación de la parte extraordinaria de dicho Presupuesto relativa al "Proyecto de Infraestructura Tecnológica de la Abogacía"; b) El Acuerdo del Pleno de dicho Consejo de 9 de diciembre de 2003 por el que se desestima el recurso de reposición deducido contra la resolución de 4 de octubre de 2003 por el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona; c) El Acuerdo Plenario del mismo Consejo de 24 de septiembre de 2004, por el que se aprueba el Presupuesto del Consejo General de la Abogacía correspondiente al ejercicio de 2005 en el particular relativo al Proyecto Tecnológico.

Son antecedentes de interés para la solución del caso, a la vista del expediente administrativo y de los documentos que constan en autos, los siguientes:

  1. En la reunión de la Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía Española -de la que son Consejeros los Decanos de los Colegios de Madrid y Barcelona-, celebrada el día 18 de Septiembre de 2003, el Vicetesorero informó a la misma de que desde los servicios técnicos del Consejo se había elaborado el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2004, del que exponía sus líneas generales, y se acordaba por todos los presentes darse por enterados del proyecto, darle forma definitiva y llevarlo para su aprobación a la Comisión Permanente para su elevación al Pleno.

  2. Mediante escrito del Presidente del CGAE se convocó a los Decanos al Pleno de 4 de Octubre de 2003, a las 12 horas, siendo el punto 7º del Orden del Día el del "Examen y Aprobación, en su caso, del Presupuesto del Consejo General de la Abogacía correspondiente al ejercicio 2004".

  3. Acompañado de un escrito del Secretario General Técnico del CGAE de 23 de Septiembre de 2003, el día 1 de Octubre de 2003 se remitió a los Decanos un Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Ejercicio 2004, en cuyo punto 1 ("consideraciones generales") se decía lo siguiente: "la documentación presupuestaria incluye Presupuesto de Ingresos y Gastos, Presupuesto de Operaciones de Fondos, Presupuesto de Infraestructura Tecnológica 2003-2007. Asimismo, se presenta separadamente el plan financiero de los gastos e inversiones que, en materia de infraestructura tecnológica, se pretenden acometer en los próximos cuatro ejercicios, tratando de establecer dos posibles escenarios de financiación para las mismas". Además en el punto 3 ("Elementos Fundamentales del presupuesto de infraestructura tecnológica de CGAE") se indicaba que "el proyecto de Presupuesto Extraordinario está destinado a financiar los proyectos que, dentro de la Infraestructura Tecnológica de la Abogacía, han sido aprobados por el Consejo General. Las aportaciones de los Colegios previstas para hacer frente al importe de las inversiones contempladas se realizarían de forma fraccionada a lo largo de los cuatro próximos ejercicios, de acuerdo con el plan de despliegue previsto.

    Los proyectos contemplados son:

    ACA Autoridad de Certificación de la Abogacía (acreditación electrónica de los abogados).

    Redabogacía.org (extranet de servicios de valor de los colegios y consejos).

    SIGA. Sistema de información de gestión de la abogacía (programa de gestión colegial "on line").

    Lexnet (presentación telemática de escritos en Juzgados y Tribunales).

    Registro Mercantil Telemático (presentación telemática de cuentas anuales en estos Registros firmadas con ACA).

    Justicia Gratuita (comunicaciones telemáticas de formularios y liquidaciones entre colegios y consejos en esta materia).

    CGAE.es (nueva sede web del CGAE).

    Censo de Letrados y Sistemas Internos CGAE (mantenimiento, depuración y actualización del Censo on line).

    A lo anterior se añadía el Presupuesto de Gasto e Inversión, y la repercusión sobre la cuota exigible a los colegiados durante los años 2004-2007, los costes desglosados por proyectos y la previsible implantación del proyecto ACA en 2007. Detectada una errata se remitió el Proyecto corregido aunque no afectaba al punto relativo a la financiación del Proyecto Tecnológico.

  4. En la reunión del Pleno de 4 de Octubre de 2003 como punto 7 se deliberó y votó sobre el examen y aprobación, en su caso, del Presupuesto del CGAE correspondiente al ejercicio 2004, adoptándose el siguiente acuerdo: "Tras el debate se somete a votación el presupuesto, votándose separadamente la parte ordinaria de la parte extraordinaria y se toma el siguiente Acuerdo:

    1. Con el voto a favor de 79 Decanos y con la abstención del Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y, en consecuencia, por la mayoría prevista en el artículo 72.3 del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE ), aprobar la parte ordinaria del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) correspondiente al ejercicio 2004.

    2. Con el voto a favor de 74 Decanos, en cuyos Colegios constan inscritos 60.436 colegiados ejercientes residentes, frente al voto en contra de 3 Decanos, en cuyos Colegios constan inscritos 39695 colegiados ejercientes, y con la abstención de 3 Decanos en cuyos Colegios constan inscritos 3.145 colegiados ejercientes residentes, y, en consecuencia, también por la mayoría prevista en el artículo 72.3 del EGAE, aprobar la parte extraordinaria del Presupuesto del CGAE correspondiente a los proyectos de Infraestructura Tecnológica de la Abogacía, con aportación de los Colegios diferida en el período 2004 a 2007, ambos inclusive. Se adjunta como Anexo II la copia del documento comprensivo de ambas partes del Presupuesto".

  5. En la reunión de 23 de Octubre de 2003 de la Comisión Permanente, como punto 4 del Orden del día se debatió sobre informe del Tesorero y Proyecto de Presupuesto del CGAE para el año 2004, contemplando una cuota anual de 37 euros por colegiado para cubrir gastos extraordinarios y todos los proyectos tecnológicos que se abordaba por el Consejo, adoptándose el Acuerdo de "someter a la aprobación del Pleno un proyecto de presupuesto para el ejercicio 2004 dividido en dos partes, de un lado la parte ordinaria con una subida moderada de la cuota por colegiado año y el retorno del 25% a los Consejos Autonómicos, y por otra la parte extraordinaria correspondientes a los proyectos relacionados con las nuevas tecnologías con abono por los Colegios con carácter diferido en varios ejercicios, sin retorno del 25% a los Consejos Autonómicos, encargando a los Servicios Técnicos del Consejo la urgente preparación del mismo y su remisión a los Sres. Consejeros para su presentación a la aprobación del Pleno del 4 de Octubre".

  6. En fecha 4 de Noviembre de 2003 tuvo entrada en el CGAE Recurso de Reposición interpuesto por el Decano del Colegio de Barcelona contra el Acuerdo del Pleno del CGAE en virtud del cual se aprobó un Presupuesto Extraordinario para financiar el Proyecto Tecnológico de la Abogacía Española, solicitando la suspensión de dicho Acuerdo.

  7. Mediante escrito que tuvo entrada en el Consejo General el 13 de noviembre de 2003, el Decano del Colegio de...

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