ORDEN 6549/2006, de 26 de octubre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se convocan ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el fomento de la innovación tecnológica en el Sector Aeroespacial de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 555/2006...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 6549/2006, de 26 de octubre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se convocan ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el fomento de la innovación tecnológica en el Sector Aeroespacial de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 555/2006, de 14 de marzo.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en el artículo 26.1.1.17 que corresponde a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.

La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica tiene entre sus competencias, en virtud del Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, la de fomentar la innovación empresarial, la modernización, dinamización y difusión tecnológica, así como la transferencia de tecnología.

El sector aeroespacial es un sector clave, tanto por su incidencia desde el punto de vista económico como del empleo. Pero, además, tiene un carácter estratégico por ser un sector muy innovador, situado en los puestos de cabeza en cuanto a gasto en I + D y con una exigencia de competitividad permanente, basada en el desarrollo de productos de alta especialización. Todo ello hace que tenga un efecto impulsor de la innovación tecnológica en otros sectores más o menos relacionados, explorando y poniendo a punto nuevas tecnologías avanzadas.

En la Comunidad de Madrid se factura un porcentaje muy alto del total nacional de la facturación del sector aeroespacial, y lo mismo puede decirse en lo que al empleo se refiere. Más de la mitad de esa producción se destina a países de la Unión Europea. Todo ello configura al sector aeroespacial en Madrid como un sector clave para la innovación tecnológica y, por tanto, para su economía.

Por todo ello, la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica considera como objetivo prioritario, dentro de la planificación y gestión de los programas de ayudas, promover, a través de la Dirección General de Innovación Tecnológica, el desarrollo por parte de empresas del sector aeroespacial de la región, de proyectos que supongan incrementar su nivel tecnológico, mejorando su competitividad y permitiendo una mejor aplicación de los resultados de investigación generados por el sistema científico.

En este sentido, la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica ha aprobado un Programa de Ayudas regulado por la Orden 555/2006, de 14 de marzo, por la que se aprueban las bases

reguladoras y se convocan ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el fomento de la innovación tecnológica en el Sector Aeroespacial de la Comunidad de Madrid, teniendo dichas bases reguladoras una vigencia indefinida.

Este programa de ayudas ha tenido una excelente acogida entre los destinatarios a los que se dirige, por lo que se considera conveniente su continuidad. Por este motivo, es intención de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica realizar una convocatoria de ayudas para el año 2007.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todo aquello que constituya legislación básica, en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

Es objeto de la presente Orden convocar, para el año 2007, las ayudas para el fomento de la innovación tecnológica en el Sector Aeroespacial de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 555/2006, de 14 de marzo, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 69, de fecha 22 de marzo de 2006.

Artículo 2

Referencia a las bases reguladoras

Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria fueron aprobadas mediante Orden 555/2006, de 14 de marzo, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se aprueban las bases reguladas y se convocan ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el fomento de la innovación tecnológica en el Sector Aeroespacial de la Comunidad de Madrid, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 69, de fecha 22 de marzo de 2006.

Artículo 3

Financiación

  1. Para el cumplimiento del objeto de esta Orden se destinarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la

    Comunidad de Madrid para los ejercicios 2007 y 2008 de la Partida 79000 del Programa de Gastos 315 de la Dirección General de Innovación Tecnológica, por importe de 3.850.000 euros para cada ejercicio.

  2. Las ayudas concedidas, de acuerdo a lo regulado en la presente Orden a empresas ubicadas en la Zona Objetivo 2, tanto permanente como transitoria, serán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con una tasa de cofinanciación del 50 por 100, dentro del Eje 1 "Mejora de la competitividad y el empleo y el desarrollo del tejido productivo", Medida 1 "Apoyo a las empresas industriales, artesanales, comerciales y de servicios", del Documento Único de Programación del Objetivo 2 Comunidad de Madrid, para el período 2000-2006.

  3. La presente Orden es de tramitación anticipada, por lo que su eficacia queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2007.

Artículo 4

Período de realización de los proyectos y actuaciones subvencionables

El período de realización de los proyectos y actuaciones subvencionables será desde el 1 de enero de 2007 hasta...

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