Orden INN/25/2013, 18 de diciembre, por la que se establecen para el año 2014 las Tarifas de Inspección Técnica de Vehículos a aplicar por la entidad concesionaria del citado servicio en todas las estaciones de ITV de Cantabria.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Enero de 2014 |
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio |
Rango de Ley | Orden |
Orden INN/25/2013, 18 de diciembre, por la que se establecen para elaño 2014 las Tarifas de Inspección Técnica de Vehículos a aplicar porla entidad concesionaria del citado servicio en todas las estaciones deITV de Cantabria.
El artículo 13 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales deinstalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, dispone que"el régimen tarifario de las inspecciones y su actualización periódica serán establecidos por laComunidad Autónoma". En aplicación de la citada previsión deben establecerse las tarifas quepueden ser aplicadas durante el año 2014 en todas les estaciones de ITV de Cantabria, lascuales suponen, con carácter excepcional, una reducción del 9% con respecto a las vigentesen el año 2013. En su virtud,
DISPONGO
Las tarifas que pueden ser aplicadas en el año 2014 por la empresa concesionaria de lasestaciones de ITV en Cantabria son las determinadas en el anexo de esta Orden.
Se deroga la Orden INN/32/2012, de 13 de diciembre, por la que se establecen para el año2013 las Tarifas de Inspección Técnica de Vehículos a aplicar por la entidad concesionaria delcitado servicio en todas las estaciones de ITV de Cantabria.
La presente Orden entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
Santander, 18 de diciembre de 2013.
El consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, Eduardo Arasti Barca.
ANEXO
Las tarifas a aplicar por el concesionario de la inspección técnica de vehículos en el ámbitode la Comunidad Autónoma de Cantabria serán las siguientes: 1.- Inspecciones técnicas: 1.1. Vehículos ligeros MMA menor o igual a 3.500Kg.: 28,54 euros 1.2. Vehículos pesados MMA mayor de 3.500 Kg.: 35,14 euros
1.3. Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuatriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedasy cuatriciclos ligeros: 9,48 euros. 1.4. Vehículos especiales: 56,25 euros. 1.5. Vehículos agrícolas: 18,75 euros. 2.- Control de emisiones:
En aquellos vehículos sometidos a control de emisiones las tarifas...
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