Escrito de clasificación (variación de las circunstancias) (TRLCSP 2011)

AutorA. Palomar/J. Vázquez
Cargo del AutorMagistrado/Letrado IBSALUT
Actualizado aDiciembre 2011

Este modelo de formulario aplica el texto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Para consultar los modelos de formularios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 acceda a este enlace.

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en .................... C/ ........................................ (además, en su caso, teléfono, fax y/o correo electrónico) actuando en nombre de ...................., EXPONE:

Que, a los efectos previstos en el artículo 70 TRLCSP, por medio del presente escrito pone en conocimiento la variación en las circunstancias que fueron tenidas en cuenta para conceder la clasificación ......

Que las circunstancias que han variado son las siguientes:

.....................

.................

Que a los efectos oportunos y a fin de acreditar las variaciones relacionadas anteriormente se adjunta la siguiente documentación:

........

........ Documentos actualizados, que justifican la variación de las circunstancias.

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que se tenga por comunicada con las nuevas circunstancias expuestas en el cuerpo de este escrito.

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

COMENTARIO

El artículo 70 del TRLCSP aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que tiene carácter básico, dispone que la clasificación de las empresas tendrá una vigencia indefinida en tanto se mantengan por el empresario las condiciones y circunstancias en que se basó su concesión.

Sin embargo, se exige en el apartado 4 que el empresario ponga en conocimiento del órgano competente en materia de clasificación cualquier variación en las circunstancias que hubiesen sido tenidas en cuenta para concederla que pueda dar lugar a una revisión de la misma.

El incumplimiento de este deber o la omisión de esta comunicación hará incurrir al empresario en la prohibición de contratar prevista en la letra e) del apartado 1 del artículo 49, esto es, por haber incurrido en falsedad al facilitar cualesquiera datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR