Derecho civil de Puerto Rico. Tomo I, de E. Vázquez Bote.

AutorJosé María Chico Ortiz
Páginas461-466

    VÁZQUEZ BOTE, E.: Derecho civil de Puerto Rico. Tomo I. Volumen 2.° Fas. Ediciones Jurídicas. Barcelona, 1972.

Hay en la provincia de Almería un pueblo llamado Mojácar donde aún se conserva, como símbolo de antiguas tradiciones, lo que se denomina indalo. El indalo, especie de fetiche, amuleto, en su representación gráfica se asemeja a un hombre que teniendo los brazos en cruz parece que sostiene un arco iris. Una de las curiosas explicaciones que a esa figura se le da es la del pacto que Dios hizo con el hombre en el dijuvio universal, y por eso le envió el arco iris, con lo cual en aquella provincia no llueve. Pues bien, en la misma postura y con los brazos en cruz he estado sosteniendo este y otro volumen en espera de hacer una recensión como merece, pero esta labor de lector apresurado que trata de comprimir lo leído para ofrecérsela a los demás no es fácil, sobre todo en estos tiempos, en los que se carece de la suficiente calma para leer con tranquilidad. En la lista de mis compromisos me están ya poniendo serias faltas.

La parte noble del Derecho, donde se mide la dimensión del autor que se enfrenta con su exposición, es precisamente esta que se estudia en el presente volumen: el objeto de la relación jurídica, el hecho, el acto, el negocio jurídico, etc., son la más genuina representación de los temas cumbres de esta parte. Yo diría, con una expresión iberoamericana cuya paternidad debe ser argentina, que estos temas «abren cancha», entendiendo por tal la apertura de posibles discusiones por lo difícil que es llegar a una precisión genérica de los conceptos. En la hora de la valoración genérica del empeño he de apuntar cómo Vázquez Bote sale airoso y demuestra su pleno dominio de la materia, que sistematiza y ofrece con gran claridad y precisión.

Siguiendo la sistemática del autor vamos a distinguir las tres grandes materias tratadas en el volumen, aunque la primera sea la más extensa y en la que ya no respetaremos sus diferentes apeaderos, sino que haremos referencias a base de agrupación de materias. Fundamentalmente distinguimos, de una parte, los elementos estructurales de la relación jurídica; de otra, la influencia del tiempo en las relaciones jurídicas, y, por último, la teoría general de los derechos de la personalidad.

  1. Elementos estructurales de la relación jurídica.-Realmente dentro de los elementos de la relación jurídica toca el estudio en este volumen de las cosas o el objeto de la relación jurídica y el contenido de la relación jurídica o teoría general del negocio jurídico. Su sola enunciación da margen suficiente...

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