Civil

AutorLa Redacción
Páginas150-151
Sentencia de 25 de septiembre de 1950 Arrendamientos urbanos: Artículo 67 de la Ley Especial. Prescripción y caducidad

El Tribunal Supremo en reiteradas resoluciones, entre otras la Sentencia de 27 de abril de 1940, distingue fundamentalmente dos instituciones jurídicas, detenía antes de la extinción de las acciones : la prescripción y la caducidad, cuyas características respectivas puede estimarse consisten : las de aquélla, en descansar no sólo sobre la necesidad de poner término de la incertidumbre de los derechos, sino sobre una presunción de abandono por parte del titular del derecho, al paso que ésta se funda exclusivamente en la necesidad de dar seguridad al trabajo jurídico y opera por el solo transcurso del tiempo, siendo la prescripción estimable sólo a instancia de parte, y la caducidad también de oficio por el Tribunal ; susceptible la prescripción de interrupción por actos del que por ella puede resultar perjudicado, al paso que la caducidad no admite en ningún caso la interrupción del tiempo, cuyo simple transcurso la origina.

El tiempo de sesenta días a partir de la fecha en que el inquilino pudo ejercitar el retracto fijado por el artículo 67 de la Ley de Arrendamientos Urbanos para instar la anulación del contrato transmisorio por presunción de simulación en el precio de la venta es, sin género de duda, término de caducidad y no de prescripción de la acción, por una sencillísima razón de interpretación literal, y es que dicho artículo dispone textualmente que tal acción caducará a las sesenta días, contados desde la fecha en que pudo (el inquilino) ejercitar la de retracto».

Sentencia de 14 de noviembre de 1950 Rescisión por lesión

La procedencia de la acción rescisoria por lesión ultra dimidium o en-ganny a niitges que subsiste en el Derecho foral vigente en Cataluña, tiene su fundamento conforme a la Ley 2.a, título 44, de rescindiendo verPage 150 el libro IV del Código de Justiniano, y en los capítulos 3.° y 4.° de las decretales de Gregorio IX, en la realidad de una venta por menos de la mitad del justo precio, por lo que su ejercicio requiere...

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