Circular 2/2017, de 25 de octubre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica la Circular 2/2011, de 9 de junio, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2018
MarginalBOE-A-2017-12800
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComision Nacional del Mercado de Valores
Rango de LeyCircular

La Circular 2/2011, de 9 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores regula la información que las IIC extranjeras que se comercializan en España han de remitir a la CNMV y a socios y partícipes. Además, establece el estado estadístico, que con carácter trimestral, también deben enviar a la CNMV.

El crecimiento de la comercialización transfronteriza de productos de inversión colectiva hace necesario modificar la Circular 2/2011 de la CNMV para tener una visión general de la comercialización de IIC extranjeras en España, para conocer la evolución y características de este segmento del mercado.

Por este motivo, se modifica el estado estadístico A01 para incorporar nuevas variables tanto cuantitativas como cualitativas.

Por otra parte, se incluyen de manera explícita como sujetos obligados al envío de información estadística, las IIC extranjeras no armonizadas. De manera que toda IIC extranjera que se comercialice en España está obligada al envío del estado estadístico A01.

En su virtud, de acuerdo con la habilitación contenida en el artículo 22 del Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real decreto 1082/2012, de 13 de julio, el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, previo informe del Comité Consultivo, en su reunión del día 25 de octubre de 2017, ha dispuesto:

Norma única. Circular 2/2011, de 9 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

La Circular 2/2011, de 9 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores queda modificada como sigue:

Uno. La Norma quinta queda redactada del siguiente modo:

Norma quinta. Estados estadísticos de IIC extranjeras.

1. En relación con las IIC extranjeras no armonizadas, una vez inscrita la IIC extranjera no armonizada en el correspondiente registro, la IIC deberá identificar la entidad encargada de representar a la IIC ante la CNMV en lo referente a esta norma quinta. Esta entidad deberá...

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