El ciberacoso laboral en la negociación colectiva: un nuevo enfoque para la elaboración de un marco de tutela efectivo

AutorMilena Bogoni
CargoContratada Doctora Interina. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Castilla-La Mancha
Páginas175-185
175
1. INTRODUCCIÓN
En el momento en el que se plantea una reflexión sobre temas de acoso en un
contexto laboral digitalizado, como es objetivo de estas páginas, es indispensa-
ble (e inevitable) empezar por una contextualización previa.
El acoso y su protección jurídica representan, en la actualidad, un tema clásico
del derecho y son objeto de estudio desde distintas ramas del mismo, ya que las
conductas lesivas pueden producirse en diferentes y variados contextos. Desde
el derecho penal hasta el derecho constitucional, pasando, evidentemente, por el
derecho laboral, existe un tratamiento de las cuestiones más importantes relacio-
nadas con el acoso y es inevitable que estos marcos jurídicos acaben entrecruzán-
dose, dibujando mecanismos complejos (y completos) de definición y protección.
En este sentido, es posible configurar una definición general de acoso como “una
forma de violencia psicológica que consiste en generar un entorno humillante
o degradante para las personas que lo sufren”2. Es importante, sin embargo,
añadir que la violencia suele convertirse en violencia tipificada de acoso cuando
se acompaña con la presencia de elementos de repetición o sistematicidad que,
aunque no indispensable, sirven, muchas veces, como prueba del acoso.
Además de esta definición de carácter general, es posible profundizar en la misma
para diferenciar, en primer lugar, en función del ámbito en el que se desarrolla
1 Este texto está basado en una parte del trabajo de investigación “Organización del trabajo, vigilancia y
control, ciberacoso, tutela medioambiental y representación de las personas trabajadoras”, realizado durante
2021-2022 para el Observatorio de Negociación Colectiva de CCOO, por el grupo de investigación coordinado
por Amparo Merino, y en el que participan Milena Bogoni, Nunzia Castelli, Óscar Contreras, Encarnación Gil,
Gratiela Moraru, Emma Rodríguez y María José Romero. El citado trabajo de investigación será publicado en
2022 como capítulo de una obra colectiva por la Fundación 1º de Mayo. La investigación, además, se inserta
en el marco de los proyectos de I+D: “Las nuevas fronteras del poder de dirección y control del empresario:
control tecnológico, vida privada y salud laboral” SBPLY/19/180501/000040 y “Respuestas jurídicas a las
nuevas fronteras del poder de dirección y control del empresario: teletrabajo, determinismo tecnológico, vida
privada y salud laboral”, PID2020-113666RB-I00.
2 ALVARÉZ DEL CUVILLO A., “El ciberacoso en el trabajo como categoría jurídica”, Temas Laborales, núm.
157, 2021, p. 168.
1. Introducción. 2. El ciberacoso como materia especifica de la negociación colectiva. 3. Cláusula sobre ciberaco-
so laboral: ejemplos de regulación concreta. 4. Conclusiones.
Milena Bogoni
Contratada Doctora Interina. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Castilla-La Mancha.
EL CIBERACOSO LABORAL EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA:
UN NUEVO ENFOQUE PARA LA ELABORACIÓN DE UN
MARCO DE TUTELA EFECTIVO1
NC y CONFLICTOS

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