Chile: Comercio Electrónico y Derecho

AutorRenato Jijena Leiva
CargoAbogado, Consultor y Académico

INTRODUCCIÓN.

El documento se divide en dos partes. Por tratarse de temas nuevos que desafían a las instituciones tradicionales del derecho; atendidas las necesarias mejoras de forma y de fondo a incorporar en diversos proyectos de ley en curso y en leyes vigentes en toda Iberoamérica; y por referirse la materia en estudio a ámbitos de gran relevancia para el comercio electrónico tanto nacional como internacional (pensamos en la integración o globalización del comercio mundial), se aborda la tarea propuesta de la siguiente forma:

La ponencia parte por consignar algunos conceptos esenciales en materia de comercio electrónico vía redes, cerradas o abiertas, de EDI o Electronic Data Interchange (hoy en día reemplazado por el estándar XML) y acerca de la red Internet;

Se exponen luego breve y sistemáticamente los principales aspectos o tópicos jurídicos involucrados en el comercio electrónico (es una visión de contexto necesaria, porque los temas se relacionan), sobre todo cuando se realiza mediante redes abiertas como Internet.

I.EL COMERCIO ELECTRÓNICO.

A. El Comercio Electrónico y los e-marketplace.

No es sólo un ejercicio académico empezar por identificar adecuadamente el contexto de lo que se entiende por 'comercio electrónico' o 'e-commerce', al momento de regular el uso y la certificación de firmas digitales y el -tema directamente relacionado- valor procesal o probatorio de los documentos magnéticos. De una inadecuada definición o de una inexacta comprensión de la realidad fáctica que se intenta normar jurídicamente -si es que concluimos en que cabe y es necesario hacerlo-, inevitablemente se seguirá una mala regulación.

Se ha definido el comercio electrónico como el intercambio telemático de información entre empresas (business to business) o entre empresas y consumidores (business to consumer) que da lugar a una relación comercial, consistente en la entrega en línea de bienes intangibles o soportados magnéticamente (datos, documentos, imágenes, música, videos, servicios, etc.) o en un pedido electrónico de bienes tangibles[1]. A la entrega de intangibles también se le denomina comercio electrónico 'directo' y a la de bienes tangibles, 'indirecto'.

Ampliamente, se ha dicho que es el conjunto de actividades con finalidad mercantil que se realizan mediante sistemas y redes computacionales, sin que exista contacto físico directo entre quien oferta un bien o un servicio y quien lo demanda, y que cubre no solamente actos comerciales transaccionales sino que también acciones preparatorias como las de publicidad o mercadeo.

Ejemplos de entrega on line de bienes intangibles o de comercio electrónico directo son las reservas de pasajes y hoteles, la posibilidad de consultar bases de datos o páginas WEB, la compraventa electrónica de seguros, la compra de software bajado de Internet, etc., hipótesis todas a cuyo respecto los pagos suelen realizarse autorizando el usuario el cargo a una tarjeta de crédito -cuyo número se indica-.

Ejemplos de comercio electrónico indirecto son los 'malls virtuales' donde opera la venta mediante catálogos virtuales o 'la compra del click' de libros, discos, ropa, etc.

En materia de comercio electrónico y de cara a las futuras transacciones digitales por ejemplo entre los países miembros del Mercosur o del Asia-Pacífico, una opción relevante para mejorar los vínculos comerciales debe ser la de buscar que diversas empresas interactuen regionalmente en mercados comunes o se encuentren en un mismo exchange, e-marketplace o mercado digital o de intercambio electrónico.

En general, la informática, las telecomunicaciones y la red Internet son plataformas computacionales que permiten la integración de empresas en transacciones de comercio electrónico, lográndose mejores y oportunos accesos a la información comercial necesaria, mayor velocidad y una cobertura mundial de mercados. En particular, los llamados e-marketplace tienden a crear mercados o comunidades virtuales de negocios altamente eficientes en la fijación de precios, en donde además se agilizan las transacciones entre las empresas participantes, se facilitan las compras a gran escala o de grandes volúmenes y en donde el uso de software de gestión centralizada disminuye los costos operacionales de las transacciones y los de administración.

Estos mercados de intercambios electrónicos se caracterizan por la concurrencia de un gran número de compradores y vendedores que cotizan, licitan, rematan y compran productos o insumos. Efectivamente, como se ha dicho, de la mano de las potencialidades de Internet ellos cuestionan las prácticas comerciales tradicionales y nos sitúan en el mundo de una nueva economía ya no segmentada por tamaños, industrias o geografías. El efecto simultaneo de estas comunidades empresariales es la activación de los servicios de valor agregado que van de la mano de la generación de transacciones, tales como servicios financieros (créditos, pagos, y leasing) y logísticos o de abastecimiento (transporte, bodegaje y distribución).

De cara al tema de la seguridad y confidencialidad de las transacciones entre empresas, una cuestión no menor sino que más bien esencial, la existencia de un mercado electrónico de intercambios en el que los actores se conozcan y actúen reiteradamente entre ellos es una característica que, sumada a la utilización de mecanismos de firmas y certificados digitales, soluciona los recelos y temores de actuar o de comerciar vía redes.

Un muy buen ejemplo lo constituye hoy en día el diseño de Covisint -el portal de compras en línea o exchange mundial de la industria de manufactura de automóviles-, en donde las empresas Ford, General Motors y Daimeler Chrysler, al haber trabajado desde hace meses junto a sus proveedores para agilizar y centralizar el tema de las compras de piezas y componentes para los autos, pueden en estos momentos negociar con mayor información y a escala mundial. Otros ejemplos son el mercado global en línea de compras en materia de minería, minerales y metales creado por catorce de las principales compañías, una plataforma mundial que permite acceder a fuentes de compras de proveedores de todo el mundo y que está abierta a todas las compañías de la industria sin considerar su tamaño, ubicación o especialidad (www.quadrem.com); el aeroexchange creado por doce líneas aéreas para, entre otras operaciones propias del rubro, realizar transacciones de compra y venta de armazones de aviones, componentes de motores y servicios de mantenimiento; y el proceso de creación de portales de comercio electrónico asumido en España por el Grupo Banco Santander Central Hispano para ofrecer a sus clientes servicios de valor agregado distintos de los financieros y para canalizar transacciones de compra-venta y los flujos financieros derivados de dichas operaciones.

B. EDI o 'Electronic Data Interchange'.

A la base de lo que se entiende por comercio electrónico propiamente tal se encuentran la transferencia telemática de datos y de documentos estandarizados. Con el concepto EDI se alude precisamente al intercambio electrónico entre sistemas computacionales de información estructurada, es decir, de datos y documentos mediante formatos o estándares acordados previamente por los usuarios (generalmente grandes empresas). A efectos explicativos, puede sostenerse que el EDI es un correo electrónico o e-mail pero con protocolos comunes. Un ejemplo relevante, en la etapa transaccional del comercio exterior chileno, lo constituye la tramitación electrónica de declaraciones aduaneras de importación o de ingreso de mercancías que hoy en día tramitan el 90% de los Agentes de Aduana y que son recibidas o validadas por la autoridad aduanera.

Este EDI puede hacerse mediante redes cerradas como son las VAN, Value Added Network o Redes de Valor Agregado, o mediante redes abiertas como Internet, y se ha implementado para, por ejemplo, enviar una orden de compra a un proveedor, una orden de pago a un banco, una factura o una guía de despacho entre comerciantes, una planilla de declaración y pago de cotizaciones de AFP 'Adminstradoras de Fondos de Pensiones- o ISAPRE 'entidades privadas de salud-, una declaración aduanera de importación de mercancías, un manifiesto de carga, etcétera.

Téngase presente: el EDI de cara a las transacciones en Internet no ha muerto sino que está 'migrando'. El estándar técnico a utilizarse hoy en día ya no es el EDIFACT o el ANSI X12 sino que se usa el llamado XML o eXtensive Markup Language, de más facil aplicación e imperante mayoritariamente en el ambiente de Internet. Al decir de una revista del mundo de las TI: 'Con las nuevas opciones tecnológicas, las empresas comienzan a dejar atrás una disyuntiva excluyente: EDI o XML. En efecto, hoy las organizaciones pueden avanzar con XML mientras mantienen sus conexiones EDI, siempre y cuando usen las herramientas precisas de la forma adecuada. Por años, las empresas han confiado en el intercambio electrónico de datos (EDI) para simplificar y hacer más rápido sus transacciones con los clientes, proveedores y otros socios. Ahora, viene el lenguaje de documentos etiquetados, XML, con el potencial para alcanzar nuevos mercados, simplificar el acceso, popularizar páginas Web y servir como un formato para transacciones de todo tipo'.

  1. COMERCIO ELECTRÓNICO Y DERECHO. VISIÓN DE CONTEXTO.

Frente a las realidades fácticas del ciberespacio ajenas al mundo de la cultura del papel, y para alcanzar un desarrollo efectivo del comercio electrónico, el derecho tiene el desafío de armonizar dos intereses concurrentes: por un lado, permitir un uso amplio y eficaz de las nuevas tecnologías, y por otro, proteger adecuadamente la confianza de los usuarios (empresarios y consumidores) en la autenticidad y seguridad de los documentos generados y transmitidos y en los pagos realizados vía Internet.

Tratándose de hacer e-commerce mediante Internet, hay que tener presente que la red se caracteriza por la imposibilidad de ser normada localmente o...

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