24 años para la demolición de 4 chales con licencia de obras declarada ilegal. Llucalcari, Deiá (Mallorca)

AutorJose Antonio Ramos Medrano/Francisco Javier Ramos Díez
Cargo del AutorLicenciado en Derecho/Licenciado en Ciencias Ambientales
Páginas45-47

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Sentencias: STS de 26 de enero de 1999 y 1 de marzo de 2005

Recurrente: Grupo Balear de Ornitología y Defensa de la Naturaleza

En los años 2010 y 2011 se demolieron cuatro viviendas unifamiliares construidas con las correspondientes licencias de obras concedidas en los años 1985, 86 y 87 en el lugar denominado LLucalcari, en la sierra de Tramontana, perteneciente al municipio mallorquín de Deiá, siendo interesante el análisis de este caso, toda vez que ya se han demolido y se han repuesto los terrenos a su estado original por lo que viene a ser un ejemplo típico de cómo se desarrollan estas situaciones de ilegalidad contra el medio ambiente y la excesiva tardanza del actual mecanismo legal, que dicho sea de paso, se ha logrado gracias a la insistencia del Tribunal Superior de Justicia en hacer cumplir la sentencia dictada en el año 1992 por este tribunal, confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo en el 99, y sólo hasta el año 2011 no se ha cerrado definitivamente este caso, de aquí la importancia de su estudio para poder obtener consecuencias, al menos de la conveniencia de agilizar el actual sistema de restauración de la legalidad urbanística.

Llucalcari es una pequeña aldea situada a 3 km de Deià, también conocido con el nombre de Es Carrer, situada en la pendiente de una montaña sobre el mar, acoge poco mas de una veintena de casas y situada en plena sierra de Tramontana es una de las imágenes más idílicas de Mallorca. Precisamente por este valor ambiental, mediante Decreto de 24 de marzo de 1972 se declaró paraje pintoresco la Sierra de Tramuntana, de la que forma parte Llucalcari, lo que suponía acogerse a la protección de la por entonces vigente Ley Patrimonio Artístico de 1993 y posteriormente regulada su protección en la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985. Conviene destacar que por aquellos años todavía eran muy incipientes las normas de protección de la naturaleza, pero ya se había protegido, con los mecanismos por entonces vigentes, la sierra de Tramontana. Una sentencia del Tribunal Supremo del año 1995, en la que se anula la aprobación de un camino agrícola precisamente para una finca de este mismo lugar de Llucalcari también destaca la aplicación del régimen de protección de la legislación de patrimonio histórico a los paisajes pintorescos, hasta tanto sean objeto de protección mediante la normativa medioambiental1.

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Tratándose de un terreno situado en un paraje pintoresco y, como tal...

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