Resolución de 14 de diciembre de 2004, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, sobre los procedimientos de tramitación y de revocación de certificados electrónicos en la Caja General de Depósitos de Madrid.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Diciembre de 2004
MarginalBOE-A-2004-21765
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2004, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, sobre los procedimientos de tramitación y de revocación de certificados electrónicos en la Caja General de Depósitos de Madrid.

La Administración pública española está apostando por un acercamiento al ciudadano a través de Internet como medio para facilitar las comunicaciones entre ambos, aumentando la flexibilidad temporal y espacial del marco en que las mismas tienen lugar. En este sentido, laDirección General del Tesoro y Política Financiera viene ofreciendo la posibilidad de efectuar operaciones sobre Deuda del Estado a través de Internet.

En colaboración con la entidad de certificación de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (en adelante, FNMT-RCM) se diseña un sistema de protección de las transacciones electrónicas mediante el uso de certificados electrónicos expedidos por la FNMT-RCM, que, a modo de identificación electrónica, permiten validar la personalidad de aquellos que actúen en el intercambio, cifrar las transmisiones que se realizan entre quienes operan y, para el inversor, firmar electrónicamente sus peticiones de suscripción y venta.

De este modo, esta Resolución regula el procedimiento de solicitud de emisión de dichos certificados en la Caja General de Depósitos de Madrid.

En su virtud, en base al Real Decreto 1552/2004, de 25 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, dispongo:

Instrucción primera.

La presente Resolución se extiende a la tramitación de emisión de certificados electrónicos, expedidos por la FNMT-RCM, en las dependencias de la Caja General de Depósitos de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera en Madrid, así como a la tramitación de la solicitud de revocación de tales certificados electrónicos.

Instrucción segunda.

  1. El solicitante de emisión de certificado electrónico, o de su revocación, deberá entrar en la página web de la FNMT-RCM (www.cert.fnmt.es/clase2/) donde, tras la realización de los trámites que se le indican, estará en condiciones de solicitar su código de usuario, imprescindible para la obtención de certificado. Por otro lado, en la mencionada página web el solicitante encontrará las instrucciones para proceder a la revocación del certificado electrónico.

  2. Una vez obtenido dicho código de usuario, el solicitante deberá acudir a la Caja General de Depósitos de Madrid, sita en el Paseo del Prado, 4. El solicitante se personará con el original de su Documento Nacional de Identidad. En ningún caso se admitirán documentos identificativos diferentes al documento nacional de identidad en vigor. Además, si en su Documento Nacional de Identidad nofigurase la letra correspondiente al número de identificación fiscal, deberá presentar el original de la tarjeta expedida por el Ministerio de Economía y Hacienda en la que figura dicho número.

  3. El Director General del Tesoro y Política Financiera designará a los funcionarios responsables encargados de la recepción de la solicitud de emisión de certificado electrónico, y de la recepción de solicitud de revocación de certificado electrónico, de acuerdo al procedimiento descrito en esta Resolución.

    Instrucción tercera.

    En la propia sede de la Caja General de Depósitos el solicitante de emisión de certificado electrónico, o de su revocación, firmará tres copias del contrato de solicitud de emisión de certificado electrónico, conforme almodelo indicado en el anexo 1, o tres copias del contrato de solicitud de revocación de certificado electrónico, conforme al modelo indicado en el anexo 2, en función del tipo de solicitud que desee tramitar, comprobando previamente que los datos que figuran en el mismo son los correctos.

    Cada copia se identifica como 'Ejemplar para el solicitante', 'Ejemplar para la FNMT-RCM' y 'Ejemplar para la Autoridad de Registro' en función del destinatario final de cada una de las copias.

    Instrucción cuarta.

    El funcionario de la Caja General de Depósitos procederá de acuerdo a los siguientes pasos:

  4. Verificación de que el titular del Documento Nacional de Identidad es quien cumplimenta la petición.

  5. Verificación de que el titular del Documento Nacional de Identidad es quien firma las tres copias de la solicitud, cualquiera que ésta sea.

    Instrucción quinta.

    Una vez realizadas las verificaciones descritas en la...

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