DECRETO 116/1990, de 10 de abril, por el que se ceden temporalmente a determinados Organos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y del SAS, competencias en materia de provisión de puestos de trabajo de funcionarios sanitarios locales. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

El personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Técnicos Sanitarios al servicio de la Sanidad Local, que venía prestando sus servicios al Estado en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, fue transferido a la Junta de Andalucía, por el Real Decreto 1.118/1981, de

24 de abril (BOE núm. 115, de 30 de junio). La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, establece en su Disposición Adicional Tercera , que el Consejo de Gobierno podrá regular las peculiaridades relativas a la provisión de puestos de trabajo de personal sanitario. No obstante, hasta tanto se efectúa dicha regulación, se hace necesario arbitrar las medidas oportunas que habiliten las convocatorias de concursos para cubrir con carácter definitivo el gran número de plazas vacantes existentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondientes a estos Cuerpos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 10 de abril de 1990,

DISPONGO:

Primero. Ceder temporalmente en el Consejero de Salud y Servicios Sociales , la competencia para proponer al Consejo de Gobierno la aprobación del correspondiente baremo que regule la valoración de los méritos de los participantes en los concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes de los Cuerpos Técnicos Sanitarios al servicio de la Sanidad Local.

Segundo. Ceder temporalmente en el Director-Gerente del Servicio Andaluz de Salud, la competencia atribuida en el art. 5., de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre y art. 2., 2 j) del Decreto 255/1987, de 28 de octubre, al Consejero de Gobernación, en cuanto a la convocatoria y resolución de los concursos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos a que se refiere el presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor, el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de abril de 1990

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

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